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Más de la mitad de las exportaciones no petroleras de Ecuador evitarán sobretasa del 10% en EE.UU.

Ecuador mantiene un arancel del 10 %, pero 151 partidas y productos clave quedarán fuera de la nueva sobretasa

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Más de la mitad de las exportaciones no petroleras de Ecuador evitarán sobretasa del 10% en EE.UU.
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Ecuador ha logrado que el 54% de sus exportaciones no petroleras hacia Estados Unidos queden exentas de una nueva sobretasa del 10%. Gracias a acuerdos comerciales y una lista de 151 códigos arancelarios, productos como el banano, el cacao y las flores evitarán este recargo, mientras que otros rubros como el camarón mantendrán una ventaja competitiva frente a rivales regionales que enfrentarán tarifas más altas. Sin embargo, el panorama es complejo para las conservas de atún y el brócoli, que deberán sumar el arancel ordinario a la nueva sobretasa. Fedexpor resalta que, aunque el país se posiciona favorablemente gracias al Acuerdo de Comercio Recíproco, es vital intensificar la gestión comercial en Washington para proteger y ampliar estos beneficios en el futuro.

La Federación Ecuatoriana de Exportadores (Fedexpor) ha revelado, tras un análisis detallado de la resolución emitida por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), que el 54% de las exportaciones no petroleras de Ecuador hacia el mercado estadounidense no estará sujeto a la nueva sobretasa del 10%. Este resultado es producto de la aplicación de la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, la cual establece el nuevo marco regulatorio para los gravámenes comerciales.

De acuerdo con el gremio, la exoneración de este recargo para más de la mitad de las ventas no petroleras es posible gracias a la combinación de exclusiones generales establecidas por Washington y la implementación de un listado exclusivo de 151 códigos arancelarios diseñados específicamente para Ecuador. Por el contrario, el 46% restante de los productos exportados mantendrá la sobretasa del 10%. No obstante, Fedexpor subraya que, incluso en este segundo grupo, Ecuador posee una ventaja competitiva frente a diversos rivales regionales que deberán enfrentar una tarifa superior, situada en el 12,5%.

En términos técnicos, la nota emitida por Fedexpor aclara que esta nueva sobretasa llega para sustituir el gravamen temporal que se aplicaba bajo la Sección 122 de la legislación comercial de Estados Unidos, el cual dejó de estar vigente el 24 de julio de 2026. En consecuencia, los productos ecuatorianos que no hayan sido incluidos en las listas de exclusión continuarán pagando el recargo del 10%, pero ahora bajo el sustento jurídico de la Sección 301.

El análisis del gremio sostiene que la ubicación de Ecuador en la categoría arancelaria más baja de este nuevo esquema no es casual. Se debe principalmente a los compromisos adquiridos en el Acuerdo de Comercio Recíproco (ART) firmado con Estados Unidos. Entre estos compromisos destaca, de manera fundamental, la prohibición de importar bienes que hayan sido producidos mediante el uso de trabajo forzoso, un punto clave para la administración estadounidense.

Gracias a esta posición, Ecuador comparte el nivel de sobretasa del 10% con otras economías como Canadá, México, Argentina, Reino Unido, Guatemala, El Salvador, Honduras e India. Esta situación contrasta significativamente con la de competidores directos en la región, tales como Perú, Colombia, Chile, Costa Rica y República Dominicana, quienes fueron ubicados en la banda superior del esquema, enfrentando el recargo del 12,5%.

Para Fedexpor, esta diferencia de 2,5 puntos porcentuales puede traducirse en una ventaja relativa para ciertos productos que no pagan un arancel ordinario de nación más favorecida. El gremio pone como ejemplos específicos al camarón y los alimentos para mascotas, los cuales podrían competir en el mercado norteamericano con una carga arancelaria menor que la aplicada a productos provenientes de países como Vietnam y Tailandia.

Respecto a los productos exonerados, la resolución estadounidense mantiene una lista de exclusiones generales aplicable a las 60 economías investigadas. En el caso particular de Ecuador, bienes como el cacao en grano, el café instantáneo y el banano y plátano frescos no estarán sujetos a la nueva sobretasa. Adicionalmente, el gobierno de Estados Unidos incorporó el listado exclusivo de 151 códigos arancelarios negociados para el país, que incluye rosas y otras flores, aceite de palma, madera contrachapada, tableros de madera tropical y corcho. Estos productos ingresarán sin el recargo del 10%, aunque seguirán obligados a cancelar el arancel de nación más favorecida cuando corresponda.

Sin embargo, el panorama no es favorable para todos los sectores. Fedexpor advirtió que el escenario es más complejo para aquellos productos que ya pagan un arancel ordinario y que ahora deben sumar la nueva sobretasa. El caso más crítico es el de las conservas de atún y el brócoli. Estos productos podrían perder competitividad frente a países como México, cuyos bienes ingresan a Estados Unidos sin aranceles ordinarios debido a su acuerdo comercial. En este sentido, el exportador ecuatoriano deberá asumir tanto el arancel ordinario como el recargo adicional.

Este escenario ya había sido anticipado el 7 de abril de 2026 por el ministro de Producción, Luis Alberto Jaramillo, quien explicó que los beneficios del Acuerdo de Comercio Recíproco estaban intrínsecamente vinculados a la evolución de las políticas de sobretasas de Washington. El análisis actual de Fedexpor confirma que parte de las exclusiones coinciden con los productos negociados en dicho acuerdo.

Finalmente, Xavier Rosero, presidente ejecutivo de Fedexpor, señaló que aunque Ecuador ha obtenido una ventaja relativa, esto no garantiza estabilidad a largo plazo debido a la naturaleza evolutiva de la política comercial de Estados Unidos. Rosero enfatizó la necesidad de que el país incremente su presencia y gestión comercial en Washington para asegurar y ampliar estos beneficios en el futuro.

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