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EL CENTRAL APRIETA: QUIÉN ENVÍA DÓLARES NO PODRÁ COMPRAR BONOS

EL CENTRAL APRIETA: QUIÉN ENVÍA DÓLARES NO PODRÁ COMPRAR BONOS
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A casi un año del fin del cepo cambiario, el Banco Central (BCRA) desmanteló este jueves algunas de las restricciones que quedaban vigentes para ahorristas y empresas, pero al mismo tiempo introdujo una nueva limitación para quienes envíen dólares al exterior: no podrán comprar títulos valores por 90 días. La medida busca evitar maniobras especulativas en un contexto de relativa calma cambiaria.

En su reunión semanal de Directorio, el organismo que preside Santiago Bausili modificó el extenso texto de regulaciones cambiarias, conocido popularmente como "cepo". Si bien flexibilizó algunas restricciones, extendió el alcance de una restricción que vincula el mercado cambiario con el de bonos para quienes realicen envíos de divisas.

La Comunicación A 8417, publicada este jueves, establece que cualquier persona o empresa que transfiera divisas al exterior deberá firmar una declaración jurada comprometiéndose a no comprar títulos valores con liquidación en moneda extranjera (dólar MEP o CCL) por 90 días corridos desde el momento de la transferencia.

Esta nueva restricción es una ampliación de una medida ya vigente desde finales de septiembre del año pasado. En ese momento, el Central había prohibido a quienes compraran dólar oficial realizar operaciones con dólares financieros (MEP o CCL) por 90 días, y viceversa, con el objetivo de evitar "rulos" en el mercado.

La nueva norma aplica tanto de forma directa como indirecta, es decir, no solo al titular de la operación, sino también a operaciones realizadas a través de intermediarios.

La maniobra del BCRA apunta a evitar arbitrajes entre el dólar contado con liquidación y el dólar MEP, que en las últimas ruedas se habían acercado al 4%, un nivel no visto desde diciembre de 2023. Esta convergencia implicaba potenciales ganancias para los bancos.

Fuentes del mercado indicaron que el Banco Central había intentado, a través de llamados a las entidades financieras, que abandonaran este tipo de operaciones de arbitraje. El nuevo punto de la normativa aparece ahora como un límite concreto a esta práctica.

Pero no todas fueron restricciones. El Central también eliminó trabas para operar en el mercado de cambios para freelancers, exportadores individuales, turistas y empresas que comercian con el exterior.

Las personas humanas que exporten bienes quedan exceptuadas de liquidar las divisas en el mercado de cambios, siempre que ingresen los fondos en los plazos normativos. Este tratamiento ya regía para los exportadores de servicios. La excepción no aplica cuando la exportación se realiza por cuenta y orden de una empresa o persona jurídica.

Hasta ahora, la excepción de liquidación para personas humanas que exportaban servicios cubría solo algunos conceptos. Con la nueva norma, se extiende a todos los tipos de servicios, sin distinción de rubro.

Las empresas argentinas que exporten a sociedades controladas por ellas mismas tienen más tiempo para ingresar y liquidar las divisas. El beneficio aplica para exportaciones oficializadas desde el 1 de enero de 2026, pero solo para exportadores que en el año anterior no hayan superado los US$ 200.000.000 en ventas al exterior.

Las exportaciones de bienes de los capítulos 42, 61, 62, 64 y 65 del nomenclador del Mercosur que incluyen marroquinería, indumentaria, calzado y sombreros tendrán 365 días corridos para ingresar y liquidar el contravalor en divisas. También se incluye la posición arancelaria de partes de reactores nucleares.

El BCRA eliminó los topes que regían para los retiros de efectivo en el exterior con tarjetas de crédito o compra emitidas por entidades locales. Antes existía un límite establecido en el punto 4.1 del texto ordenado. Desde ahora, los bancos y emisoras pueden otorgar adelantos sin ese techo.

Las empresas que tienen deuda financiera con acreedores del exterior vinculados como casas matrices o fondos relacionados ya no necesitan la conformidad previa del BCRA para acceder al mercado de cambios y pagar el capital, siempre que cumplan dos condiciones: que simultáneamente ingresen nuevos fondos del exterior con una vida promedio de al menos 4 años y 3 de gracia, o que se trate de una refinanciación de deuda vencida con esas mismas características, originada a partir del 10 de abril de 2026.

En resumen, el Banco Central busca mantener el control del mercado cambiario, evitando maniobras especulativas y facilitando las operaciones legítimas de comercio exterior y financieras. La medida de restringir la compra de bonos para quienes envían dólares al exterior es una señal de que el Central sigue atento a cualquier intento de desestabilización del tipo de cambio.

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