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Corte Constitucional anula Estado de Emergencia Económica decretado por Petro

Corte Constitucional anula Estado de Emergencia Económica decretado por Petro
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La Corte Constitucional de Colombia anuló el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, que declaraba el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el país, decretado por el gobierno del presidente Gustavo Petro. La decisión, tomada con seis votos a favor y dos en contra, con salvamentos parciales de voto de los magistrados Héctor Carvajal Londoño y Vladimir Fernández Andrade, deja sin efecto los impuestos asociados a la medida, que buscaba recaudar cerca de $11 billones. El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar no participó en la decisión.

La norma había sido suspendida temporalmente a principios de año, tras una votación inicial de seis magistrados a favor de tumbar la medida, basándose en una ponencia presentada por el magistrado Carlos Camargo. La decisión final de la Corte impacta directamente los decretos expedidos bajo el amparo de la emergencia, específicamente los Decretos 1474 de 2025 y 044 de 2026, los cuales quedan suspendidos hasta que se determine su constitucionalidad de manera definitiva.

El Decreto 1474, que incluía un paquete tributario con impacto significativo en el sector financiero, contemplaba el aumento de la sobretasa para bancos y entidades financieras, elevándola del 5% al 15%, lo que incrementaba la tarifa efectiva del impuesto de renta hasta el 50%. Además, se proponía aumentar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 5% al 19% para licores, vinos, aperitivos y productos similares.

Una de las medidas más controvertidas era la eliminación de la exención de IVA para compras en el exterior realizadas a través de tráfico postal inferiores a US$200, reduciendo el umbral a US$50. Esto significaba que cualquier compra superior a ese monto estaría sujeta al pago de impuestos. Adicionalmente, el decreto extendía el impuesto del 1% a la primera venta de hidrocarburos, incluyendo petróleo y carbón, y realizaba ajustes en la tributación de los juegos de suerte y azar.

El paquete tributario también incluía un impuesto al patrimonio para personas naturales, con una tarifa progresiva que oscilaba entre el 0,5% y el 5% para aquellos con un patrimonio líquido igual o superior a $2.094 millones a partir del 1 de enero de 2026. Asimismo, se establecía un impuesto al consumo del 19% sobre bienes de lujo, como yates, barcos, aeronaves y motocicletas de alto cilindraje.

Por su parte, el Decreto 044 de 2026 introducía nuevos tributos a la generación de energía eléctrica, estableciendo una contribución parafiscal del 2,5% sobre las utilidades para financiar el Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios), y la entrega del 12% de la energía transada en bolsa. Esta contribución, con pagos en dos cuotas anuales, buscaba fortalecer los recursos para la intervención de empresas en crisis, como Air-e.

Ante esta decisión, el presidente Gustavo Petro ha manifestado su intención de presentar el mismo articulado ante el Congreso como una ley de financiamiento o reforma tributaria con mensaje de urgencia. En caso de no ser aprobada, el gobierno evaluaría la posibilidad de decretar una nueva emergencia económica.

El gobierno argumenta que la anulación del decreto desconoce la magnitud de la crisis fiscal y social que enfrenta el país, señalando que la emergencia no se limitaba a un desbalance entre ingresos y gastos estatales, sino a un déficit de riesgo relacionado con la capacidad del Estado para cumplir sus obligaciones, especialmente el pago de la deuda pública.

Las razones esgrimidas por la Corte para suspender y finalmente anular la emergencia económica se centran en el exceso en el uso de las facultades presidenciales, la falta de una justificación suficiente sobre la urgencia de la crisis y la necesidad de preservar la separación de poderes. La Corte consideró que permitir la vigencia del decreto podría generar efectos irreversibles, lo que justificó una intervención excepcional, incluso apartándose de un precedente de 1994 que impedía suspensiones provisionales en estados de excepción.

La Corte reiteró que el principio de separación de poderes constituye una garantía esencial del Estado social de derecho y de la democracia, enfatizando la importancia de mantener el equilibrio entre las diferentes ramas del poder público. La decisión de la Corte Constitucional representa un revés significativo para el gobierno del presidente Petro en su intento por implementar medidas extraordinarias para enfrentar la crisis económica, y abre un nuevo capítulo en el debate sobre las facultades presidenciales y la necesidad de buscar soluciones a través del diálogo y la concertación en el Congreso. La administración Petro deberá ahora buscar alternativas legislativas para abordar los desafíos fiscales y sociales que enfrenta el país, o considerar la posibilidad de una nueva declaración de emergencia, con el riesgo de enfrentar nuevamente la oposición de la Corte Constitucional.

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