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Claves para entender las diferencias entre listas electorales inadmisibles e improcedentes

Claves para entender las diferencias entre listas electorales inadmisibles e improcedentes
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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha brindado precisiones sobre las diferencias entre una lista electoral que es declarada inadmisible y aquella que se considera improcedente, en el marco del proceso de inscripción de candidatos para las elecciones generales del 2026.

Esta aclaración es relevante, ya que los partidos políticos y movimientos regionales que buscan participar en los comicios del próximo año deben tener claro los criterios que utiliza el ente electoral para evaluar la validez de sus listas.

En primer lugar, el JNE indica que una lista es declarada inadmisible cuando no cumple con alguno de los requisitos formales establecidos en la ley. Esto puede deberse a la falta de documentos, errores en los datos de los candidatos o el incumplimiento de alguna de las disposiciones legales.

Por ejemplo, si una lista no presenta la totalidad de las hojas de vida de los postulantes o si alguno de ellos no cumple con los requisitos de edad, residencia o antecedentes penales, el JNE la declarará inadmisible. En estos casos, el partido o movimiento tiene la oportunidad de subsanar las observaciones dentro del plazo establecido.

Por otro lado, una lista es declarada improcedente cuando existen causales que impiden su inscripción de manera definitiva. Esto ocurre cuando se verifica que alguno de los candidatos se encuentra inhabilitado para postular, ya sea por sentencia judicial, por haber sido sancionado por el Congreso o por incurrir en alguna causal de exclusión.

A diferencia de la inadmisibilidad, la improcedencia no permite que el partido o movimiento subsane las observaciones, pues se trata de impedimentos de fondo que imposibilitan la inscripción de esa lista.

Es importante que los actores políticos que aspiran a participar en las elecciones del 2026 tengan en cuenta estas distinciones, a fin de evitar inconvenientes en el proceso de inscripción de sus listas. El JNE ha enfatizado que el cumplimiento de los requisitos legales es fundamental para garantizar la transparencia y legalidad del proceso electoral.

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