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Gobierno de Daniel Noboa ajusta compensación de combustible para el sector transporte

El mandatario firmó el decreto 306 con el que adapta el mecanismo de compensación que beneficia al transporte en taxi, transporte de carga y comercial.

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Gobierno de Daniel Noboa ajusta compensación de combustible para el sector transporte

El presidente de la República, Daniel Noboa, ha formalizado una modificación significativa en el sistema de compensaciones destinado al sector del transporte público y comercial. A través de la firma del Decreto Ejecutivo 306, emitida la tarde del sábado 11 de julio de 2026, el mandatario nacional ha procedido a adaptar el mecanismo de protección económica que beneficia a diversos gremios del transporte, ajustándolo a la realidad actual de los precios de los combustibles en el mercado nacional.

Esta medida surge como respuesta directa a la fluctuación de los precios de las gasolinas, específicamente tras reportarse una reducción de al menos cinco centavos de dólar por galón en las gasolinas extra y extra con etanol. Ante este escenario, el Gobierno consideró necesario actualizar la normativa vigente para asegurar que los subsidios y compensaciones se mantengan alineados con los costos operativos reales del sector.

El Decreto 306 modifica específicamente el artículo 4 de una normativa previa, emitida el 25 de junio de 2024 y numerada bajo el mismo dígito (306), la cual había instaurado originalmente el mecanismo de protección para los usuarios del transporte. La reforma actual busca optimizar la fórmula técnica utilizada para calcular los montos que el Estado transfiere a los transportistas.

En la versión anterior del decreto, el monto de la transferencia de compensación se definía basándose en los volúmenes de combustible multiplicados por la diferencia entre un precio fijo de 2,465 dólares por galón y el precio de venta al público comunicado mensualmente por el Ministerio de Energía y Minas, siguiendo el esquema de estabilización de precios para las gasolinas extra y extra con etanol.

Con la nueva reforma publicada este sábado, el presidente Noboa ha sustituido dicho inciso para articular el beneficio al nuevo precio del combustible. Bajo la nueva normativa, el monto de la transferencia será calculado en función de los volúmenes de consumo determinados, multiplicados por la diferencia entre el precio por galón base —definido ahora como el promedio simple del primer semestre de 2026 del precio de venta al público de las gasolinas extra y extra con etanol— y el precio de venta al público que reporte mensualmente el ministerio rector del sector hidrocarburífero.

Los sectores que se mantienen como beneficiarios de este esquema de compensación incluyen el taxi convencional, el taxi ejecutivo, el transporte de carga liviana y mixta, así como el transporte comercial de tricimoto y mototaxi. Para acceder a estos beneficios, los propietarios de vehículos deben estar debidamente inscritos en el registro de propietarios de las modalidades de transporte mencionadas, gestionado por las entidades públicas competentes.

Desde la Presidencia, mediante un comunicado oficial, se ha subrayado que esta reforma no implica una reducción en la cobertura ni en los beneficios para los transportistas, sino que representa una actualización del criterio técnico de cálculo. El objetivo central es garantizar que el apoyo al sector continúe de manera responsable, transparente y sostenible en el tiempo.

El Gobierno nacional enfatizó que la implementación de este ajuste técnico tiene como finalidad primordial proteger los recursos públicos y fortalecer la sostenibilidad fiscal del Estado. Al ajustar la base de cálculo al promedio del primer semestre de 2026, se busca que la ayuda económica sea proporcional a la realidad del mercado, evitando distorsiones financieras.

Finalmente, la autoridad ejecutiva recordó que la meta fundamental de mantener este mecanismo de protección es evitar que se produzcan alzas en las tarifas que el ciudadano común paga por los servicios de transporte público. De esta manera, el Estado actúa como un amortiguador entre la volatilidad de los precios internacionales y nacionales del combustible y el costo final del servicio para el usuario final, asegurando la estabilidad económica tanto para el transportista como para el consumidor.

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