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JNE confirma multa a Juntos por el Perú por recibir aportes de origen desconocido

Supuestos aportantes negaron haber dado dinero al partido del fraudista Roberto Sánchez. Incluso se registró el aporte de una mujer que ya había fallecido

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JNE confirma multa a Juntos por el Perú por recibir aportes de origen desconocido
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El Jurado Nacional de Elecciones ratificó una multa de 176.550 soles y la pérdida del 10 por ciento del financiamiento público para el partido Juntos por el Perú. La sanción se debe a la detección de 17 aportes irregulares durante las elecciones de 2021, entre los cuales destacan donaciones negadas por los supuestos donantes y un aporte registrado a nombre de una persona fallecida. El organismo electoral desestimó los argumentos de la organización política sobre la ilegibilidad de los datos y la prescripción de las faltas, calificando el hecho como una infracción continuada. El JNE subrayó que el partido incumplió su deber de control y transparencia, dejando abierta únicamente la vía judicial para intentar revertir el fallo.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha emitido un pronunciamiento definitivo que ratifica las sanciones impuestas a la organización política Juntos por el Perú. El organismo electoral confirmó la multa establecida previamente por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), la cual asciende a 33 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que representa una suma total de 176.550 soles. Esta medida responde a la detección de aportes de origen desconocido recibidos durante la campaña de las elecciones generales del año 2021.

De acuerdo con el análisis realizado por el tribunal electoral, se ha logrado acreditar que la agrupación política recibió un total de 17 aportes irregulares. De estos, 16 fueron negados expresamente por las personas que figuraban como supuestos aportantes en los registros. El caso más crítico involucra un aporte registrado a nombre de una mujer que, según las investigaciones, ya había fallecido en la fecha en que supuestamente se realizó la donación económica.

En la resolución publicada este miércoles en el diario oficial El Peruano, el JNE enfatizó la responsabilidad legal que recae sobre los partidos políticos en cuanto al manejo de sus fondos. El tribunal señaló que, en materia de financiamiento político, la carga de acreditar que el origen de los aportes es lícito corresponde exclusivamente a la organización política, basándose en los principios de transparencia y control del financiamiento partidario. En consecuencia, el hecho de que el partido no haya podido acreditar el origen de los fondos, sumado a la negación de los presuntos donantes, constituye un indicio suficiente para calificar dichos recursos como aportes de fuente prohibida o de origen desconocido.

Ante esta situación, el partido liderado por Roberto Sánchez presentó una serie de argumentos legales con el objetivo de evitar la sanción. Uno de sus principales alegatos se centró en una supuesta ilegibilidad de la información. Juntos por el Perú sostuvo que el cuadro detallando los 17 aportes imputados presentaba datos ilegibles en campos críticos como las fechas, los nombres, los números de recibo y los Documentos Nacionales de Identidad (DNI). Según la defensa del partido, esto habría vulnerado su derecho a la defensa al no permitirles conocer con exactitud los hechos imputados. Sin embargo, el JNE desestimó este argumento, determinando que la organización sí tuvo un conocimiento efectivo de los cargos, ya que en sus descargos iniciales el partido pudo cuestionar específicamente cada uno de los aportes observados y contó con la información detallada desde el inicio del proceso sancionador.

Asimismo, la organización política intentó solicitar que se declare la prescripción de algunas de las infracciones. Específicamente, argumentaron que los aportes realizados los días 17 y 25 de marzo de 2021 ya habían prescrito, bajo la premisa de que se trataba de "infracciones instantáneas" y que habían transcurrido más de cuatro años antes de que se iniciara el proceso administrativo. El JNE rechazó esta tesis, aclarando que no se trata de hechos aislados, sino de una "infracción continuada", dado que se identificó un mismo patrón de conducta durante el transcurso de la campaña electoral de 2021.

En cuanto a la responsabilidad y culpabilidad, Juntos por el Perú alegó que no se había acreditado su responsabilidad directa y cuestionó la capacidad de la ONPE para sancionarlos por la inobservancia de la norma. Ante esto, el JNE fue enfático al señalar que la responsabilidad del partido deriva del incumplimiento de un "deber reforzado de diligencia y control" en el financiamiento partidario. El tribunal concluyó que existió una conducta culposa, ya que la agrupación no implementó mecanismos idóneos para verificar el origen de los recursos que ingresaban a sus arcas, permitiendo que se registraran donaciones de personas que luego negaron haber entregado dinero o que ya habían fallecido.

Finalmente, tras considerar que la falta quedó plenamente acreditada, el Pleno del JNE declaró infundada la apelación interpuesta por Juntos por el Perú. Por lo tanto, se confirma no solo la multa de 33 UIT (176.550 soles), sino también una sanción adicional consistente en la pérdida del 10% del financiamiento público directo que recibe la organización. Con este fallo, la agrupación política se encuentra obligada a efectuar el pago de la multa, a menos que decida llevar el caso a instancias judiciales.

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