Un reconocido abogado constitucionalista ha manifestado su profunda preocupación y crítica frente a los argumentos presentados por Rafael López Aliaga para sustentar su decisión de no asumir el cargo para el cual fue elegido. Según el análisis del jurista, el político ha basado su postura en normas del derecho privado, lo que representa, a juicio del experto, un ejemplo claro de la crisis de institucionalidad que atraviesa el Perú.
El especialista sostiene que el hecho de que sectores de la clase dirigente presenten confusiones tan elementales sobre el marco legal del país es alarmante. Para el autor, este tipo de imprecisiones conceptuales no son aisladas, sino que podrían ser la semilla que alimenta la creciente informalidad en el país, la cual afecta negativamente el desarrollo ordenado de la nación.
El punto central de la crítica radica en la confusión entre las figuras básicas del diseño constitucional y las instituciones del negocio jurídico. El abogado advierte que este error genera un daño grave al fortalecimiento de la democracia, ya que asienta la peligrosa idea de que la voluntad individual puede imponerse sobre el marco institucional, desconociendo así las reglas elementales del ordenamiento jurídico vigente.
Asimismo, el constitucionalista resalta que, incluso dentro del ámbito del derecho privado, el incumplimiento de un compromiso acarrea consecuencias legales y responsabilidades, pues quien quebranta su palabra debe asumir los daños producidos por dicha acción. Por lo tanto, trasladar una lógica de derecho privado para evadir un mandato público resulta, desde su perspectiva, improcedente.
Para profundizar en el análisis, el experto explica las diferencias fundamentales entre las ramas del derecho. Señala que, conforme a la doctrina, el derecho constitucional es un "derecho de mínimos", mientras que las demás ramas, como el derecho civil, son "derechos de máximos". Estas últimas pretenden agotar la materia que regulan, buscando desarrollar todos los supuestos posibles de la vida social.
A modo de ejemplo, el jurista menciona que el derecho civil regula la vida de la persona humana desde antes de nacer —referenciando los derechos del concebido— hasta después de su muerte, a través de los derechos sucesorios y de herencia. En contraste, el derecho constitucional no pretende cubrir todos los aspectos procedimentales o materiales, sino que busca establecer límites y reglas mínimas e indisponibles para el ejercicio del juego político.
En este sentido, la esencia del derecho constitucional radica en controlar el poder, garantizar los derechos fundamentales y brindar seguridad a la actividad política, que es intrínsecamente insegura. El abogado enfatiza que el derecho constitucional es la base que otorga validez a todas las demás normas; sin él, las leyes serían simples reglas morales cuyo acatamiento dependería únicamente de la voluntad del ciudadano, eliminando cualquier nivel de coerción legal.
Debido a su importancia fundamental, el derecho constitucional es la materia que se imparte en los primeros ciclos de la formación jurídica, siendo el punto de partida para quienes inician sus estudios en el derecho. Por ello, resulta contradictorio que se ignoren estos principios básicos en la alta dirección política del país.
Finalmente, el abogado lamenta que compromisos políticos elementales, como asumir el cargo por el cual se solicitó el voto popular, puedan ser desechados unilateralmente. Califica como un acto que resta importancia a la confianza ciudadana el hecho de que el mandato electoral esté sujeto al humor o a la agenda del elegido. El especialista concluye que este tipo de acciones socavan la institucionalidad y alimentan la desconfianza del pueblo en el sistema político, lamentando además que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) haya convalidado dicha situación.


