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Puigdemont espera la sentencia del TJUE: el retorno a España sigue condicionado al Tribunal Constitucional

La Justicia europea debe decidir este jueves si la amnistía afectó a los intereses comunitarios

Audionoticia

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Puigdemont espera la sentencia del TJUE: el retorno a España sigue condicionado al Tribunal Constitucional

El líder de Junts, Carles Puigdemont, se encuentra a la espera de la sentencia que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dará a conocer este jueves. El objetivo del expresidente de la Generalitat es utilizar el pronunciamiento de la justicia europea sobre la amnistía para intentar reactivar, a través de los tribunales, su regreso a España. No obstante, a pesar de lo que pueda resolver el órgano europeo, las previsiones indican que su retorno efectivo todavía tendrá que esperar unos meses más.

Según han señalado fuentes jurídicas, la orden nacional de detención que pesa sobre Puigdemont no será revocada de manera inmediata. La clave reside en que el Tribunal Constitucional (TC) debe resolver primero el recurso de amparo que el político interpuso contra la decisión del juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, quien decidió no aplicarle la amnistía. Se prevé que esta resolución del Tribunal Constitucional llegue, probablemente, en el mes de octubre.

Desde el punto de vista técnico, las fuentes jurídicas explican que la postura que adopte la justicia europea sobre la amnistía no afectaría directamente a la vigencia de la orden de detención. Sin embargo, en el supuesto de que el TJUE dicte una sentencia favorable a los intereses de Puigdemont, es muy probable que su defensa intente presionar para que el juez Llarena revoque su resolución previa.

La complejidad del asunto radica en la naturaleza de las cuestiones planteadas. El TJUE resuelve hoy cuestiones prejudiciales que fueron formuladas por la Audiencia Nacional y por el Tribunal de Cuentas. En el caso del órgano fiscalizador, este había paralizado la aplicación de la amnistía en el proceso contable derivado del uso de fondos públicos para la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017. La consejera responsable del caso solicitó la intervención de Europa para determinar si el referéndum afectó fondos o intereses europeos, lo cual podría constituir un impedimento para que los responsables de dicha organización fueran amnistiados.

Este argumento sobre la afectación de fondos europeos es uno de los pilares que utilizó el juez Pablo Llarena para denegar la amnistía a Puigdemont en lo relativo al delito de malversación. No obstante, Llarena empleó un argumento adicional: sostuvo que, aunque la ley de amnistía fuese legal y constitucional, los hechos imputados a Puigdemont entran en las excepciones previstas en la propia norma. La ley de amnistía permite el olvido penal para procesos penales, contables o administrativos vinculados al proceso independentista, excepto para aquellos que se hubiesen lucrado personalmente con dinero público. La tesis sostenida tanto por Llarena como por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo es que los líderes del procés obtuvieron un beneficio económico personal al organizar el referéndum con fondos públicos en lugar de utilizar capital propio.

Sobre este punto específico de la interpretación del lucro personal, las fuentes jurídicas indican que el TJUE no debería intervenir, ya que se trata de una potestad exclusiva del derecho interno. Por lo tanto, la revisión de cómo se interpreta la malversación y el beneficio personal recae únicamente en el Tribunal Constitucional.

A pesar de estas limitaciones, si la justicia europea avala la amnistía y determina que no se han visto afectados los fondos ni el ordenamiento europeo, la defensa de Puigdemont solicitará la revocación inmediata de la orden de detención que lo mantiene en Bélgica desde 2017 y la aplicación de la ley de amnistía.

De cara a la lectura pública de la sentencia, prevista para este jueves a las 10 de la mañana, se tiene como referencia el informe del abogado general del TJUE. En dicho documento, se defendía que la ley de Amnistía no perjudica los fondos europeos ni la normativa de lucha contra el terrorismo, punto este último planteado por la Audiencia Nacional en relación con la causa de los CDR. Además, el abogado general sostuvo que la ley fue aprobada en un marco de reconciliación política y social, descartando que se trate de una autoamnistía y asegurando que cumple con los estándares del Tribunal Europeo de Derecho Humanos.

Si la sentencia final confirma estas tesis, la consecuencia más inmediata sería el archivo del proceso contable del Tribunal de Cuentas, que reclama 3,1 millones de euros a unos treinta exaltos cargos, incluidos Puigdemont y Artur Mas. Asimismo, se produciría el sobreseimiento de la causa por terrorismo contra miembros de los CDR. Sin embargo, la situación de la orden de detención de Puigdemont y la amnistía de condenados como Oriol Junqueras —quien mantiene una inhabilitación— seguirá dependiendo de la decisión del Tribunal Constitucional sobre el delito de malversación, a menos que el TJUE decida entrar en terrenos imprevistos y se pronuncie al respecto.

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