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Bancos de Bolivia implementarán reprogramación y refinanciamiento de créditos por bloqueos sociales

La Asociación de Bancos de Bolivia informó este martes que las entidades financieras que son parte de Asoban cumplirán con las disposiciones del decreto 5630 que define la reprogramación de crédtos o refinanciamiento de créditos de personas que vieron afectada su capacidad de pago debido a bloqueos que se instalaron en el país por sectores sociales desde hace 40 días. Según el decreto, la reprogramación consiste en modificar las condiciones de pago del préstamo para que las cuotas se adapten a la nueva situación económica del deudor. Este cambio puede ser ampliar el plazo del crédito, reducir el monto de las cuotas mensuales, incorporar periodos de gracia, ajustar el cronograma de pagos. asoban.jpg El refinanciamiento implica generar una nueva estructura del crédito, tomando en cuenta que el cliente enfrenta una dificultad temporal para cumplir con sus obligaciones de pago. “Las entidades bancarias asociadas a Asoban darán cumplimiento a las disposiciones establecidas en el decreto supremo 5630 y la normativa vigente y continuarán trabajando con responsabilidad y compromiso, precautelando los ahorros del público, con el objetivo de contribuir a que las familias, empresas y unidades productivas, afectadas puedan superar esta coyuntura y retomar gradualmente el desarrollo normal de sus actividades”, dice el comunicado dado a conocer hoy. El sector bancario recuerda que ha venido aplicando, desde antes de la pandemia y con especial énfasis durante los últimos años mecanismos de apoyo de como reprogramaciones, refinanciamientos y periodos de gracia, siempre en el marco de la normativa vigente y bajo una evaluación responsable considerando la situación particular de cada cliente financiero. "Con el propósito de coadyuvar a la recuperación económica de los deudores del sistema financiero, que hubieran sido afectados en su capacidad de pago, por conflictos sociales, bloqueos y/o eventos adversos, el presente Decreto Supremo tiene por objeto disponer que las entidades de intermediación financiera y las empresas de arrendamiento financiero, atiendan, evalúen, convengan y aprueben el refinanciamiento y/o reprogramación de las operaciones de crédito, de los clientes financieros, que voluntariamente así lo requieran", reza el resumen del Decreto Supremo 5630, promulgado la noche de este lunes por el presidente Rodrigo Paz. El mismo documento establece que " el periodo de gracia que sea otorgado por la entidad de intermediación financiera o por la empresa de arrendamiento financiero, podrá ser de hasta seis (6) meses computables a partir de la aprobación del refinanciamiento y/o reprogramación". ////}

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Bancos de Bolivia implementarán reprogramación y refinanciamiento de créditos por bloqueos sociales
Puntos clave

La Asociación de Bancos de Bolivia implementará el Decreto Supremo 5630 para apoyar a los deudores afectados por los bloqueos sociales de los últimos 40 días. A través de la reprogramación y el refinanciamiento de créditos, las entidades financieras adaptarán las cuotas y plazos a la situación económica actual de familias y empresas. Los beneficiarios podrán acceder a la reducción de cuotas, ampliación de plazos y periodos de gracia de hasta seis meses. Con esta medida, el sector bancario busca impulsar la recuperación productiva del país asegurando la responsabilidad financiera y el resguardo de los ahorros del público.

La Asociación de Bancos de Bolivia (Asoban) informó este martes que las entidades financieras que forman parte de su organización darán cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo 5630. Esta medida gubernamental define los mecanismos para la reprogramación y el refinanciamiento de los créditos de aquellas personas que han visto afectada su capacidad de pago debido a los bloqueos instalados en el país por diversos sectores sociales, los cuales se han mantenido durante los últimos 40 días.

De acuerdo con lo estipulado en el decreto, la reprogramación de los créditos se presenta como una herramienta para modificar las condiciones originales de pago del préstamo. El objetivo fundamental de esta medida es lograr que las cuotas mensuales se adapten a la nueva y actual situación económica del deudor. Entre los cambios específicos que pueden implementarse bajo esta modalidad se encuentra la ampliación del plazo total del crédito, la reducción del monto de las cuotas mensuales, la incorporación de periodos de gracia y el ajuste general del cronograma de pagos previamente pactado.

Por otro lado, el documento normativo distingue el concepto de refinanciamiento. A diferencia de la reprogramación, el refinanciamiento implica la generación de una estructura completamente nueva para el crédito. Esta opción está orientada a aquellos clientes que enfrentan una dificultad de carácter temporal para cumplir con sus obligaciones financieras, permitiendo así una reorganización de la deuda acorde a sus posibilidades actuales.

A través de un comunicado emitido hoy, la Asoban aseguró que las entidades bancarias asociadas actuarán bajo el marco de las disposiciones del decreto supremo 5630 y la normativa vigente. La institución enfatizó que este proceso se llevará a cabo con responsabilidad y compromiso, subrayando la importancia de precautelar los ahorros del público. El propósito final de estas acciones es contribuir a que las familias, las empresas y las unidades productivas que han sido afectadas por la coyuntura actual puedan superar las dificultades económicas y retomar, de manera gradual, el desarrollo normal de sus actividades productivas y comerciales.

El sector bancario también recordó que la aplicación de mecanismos de apoyo no es una medida nueva. Asoban señaló que, desde antes de la pandemia y con un énfasis especial durante los últimos años, las entidades financieras han venido aplicando procesos de reprogramaciones, refinanciamientos y otorgamiento de periodos de gracia. Todas estas medidas se han ejecutado siempre dentro del marco de la normativa vigente y bajo una evaluación responsable que considera la situación particular y específica de cada cliente financiero.

Respecto al origen de estas disposiciones, el resumen del Decreto Supremo 5630, promulgado la noche del pasado lunes por el presidente Rodrigo Paz, establece que el objetivo central es coadyuvar en la recuperación económica de los deudores del sistema financiero. El decreto se dirige específicamente a aquellos clientes que hubieran sido afectados en su capacidad de pago debido a conflictos sociales, bloqueos y otros eventos adversos. En consecuencia, el decreto dispone que tanto las entidades de intermediación financiera como las empresas de arrendamiento financiero atiendan, evalúen, convengan y aprueben el refinanciamiento o la reprogramación de las operaciones de crédito de los clientes que así lo requieran de manera voluntaria.

Finalmente, el documento legal detalla las condiciones sobre los periodos de gracia. Se establece que el periodo de gracia otorgado por la entidad de intermediación financiera o por la empresa de arrendamiento financiero podrá extenderse hasta un máximo de seis meses. Este tiempo será computable a partir de la fecha de aprobación del refinanciamiento o la reprogramación del crédito, brindando así un respiro financiero a los afectados mientras recuperan su estabilidad económica.

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