El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha anunciado que los jubilados y pensionados que aguardan el pago de los Certificados de Pago Negociables por Intereses por Mora (Cepanim), correspondientes al 3% de la segunda partida del décimo tercer mes retenida entre 1972 y 1983, deberán completar un proceso de inscripción en línea a través de la página web de la institución. Esta plataforma estará operativa este mes de abril, permitiendo a los beneficiarios validar sus datos y confirmar su elegibilidad para recibir el pago, programado para junio de 2026.
La Oficina de Atención y Entrega de Cepadem (Certificado de Pago Negociable de la Segunda Partida del Décimo Tercer Mes) será la responsable de habilitar el sitio web, facilitando a los ciudadanos la verificación de su información y la confirmación de su derecho al pago. El proceso de inscripción en línea es un paso crucial para asegurar que los fondos lleguen a los beneficiarios de manera eficiente y transparente.
Para completar el registro, los interesados deberán contar con una copia de su cédula de identidad personal. En caso de ser viudo o viuda, se requerirá también el certificado de matrimonio y el certificado de defunción del cónyuge. Una vez finalizado el registro, los beneficiarios podrán agendar una cita para la entrega del cheque correspondiente.
El MEF ha establecido un protocolo claro para el pago en caso de fallecimiento del jubilado o pensionado beneficiario. El pago deberá ser recibido por sus herederos siguiendo un orden de prelación específico: en primer lugar, el cónyuge; en segundo lugar, la persona con la que el fallecido mantuvo una unión de hecho; en tercer lugar, los hijos; y, en ausencia de estos, otros familiares a través del proceso de sucesión correspondiente. Este orden de prelación busca garantizar que los fondos lleguen a los herederos legítimos de manera ordenada y conforme a la ley.
La Ley 506, sancionada el 15 de enero de 2026, es el marco legal que establece el pago de los intereses por mora generados por la retención de la segunda partida del décimo tercer mes durante el período comprendido entre 1972 y 1983. Esta medida beneficiará tanto a servidores públicos como a trabajadores del sector privado que estuvieron activos durante esos años. El MEF estima que el monto total de los intereses adeudados supera los 2 millones de dólares, lo que representa un alivio financiero significativo para un gran número de jubilados y pensionados.
Es importante destacar la diferencia entre el Cepadem y el Cepanim. El Cepadem contemplaba el pago tanto del capital como de los intereses al 3%, mientras que el Cepanim se limita al pago de los intereses por mora generados hasta el año 2017. Esta distinción es fundamental para comprender el alcance y las características específicas de cada programa de pago.
La aprobación de la ley que dio origen a estos pagos fue un proceso complejo y prolongado. Inicialmente, la Asamblea Nacional aprobó la ley en 2022, pero el Ejecutivo anterior la devolvió por razones de inconveniencia. Sin embargo, tras una revisión exhaustiva de las objeciones planteadas, la Asamblea Nacional aprobó la ley por insistencia en tercer debate el 26 de octubre de 2022. Posteriormente, la Corte Suprema de Justicia recibió una objeción de inexequibilidad, la cual fue desestimada el 25 de agosto de 2025. Esta trayectoria legislativa demuestra la determinación de las autoridades en garantizar el pago de los intereses adeudados a los jubilados y pensionados.
El MEF ha enfatizado la importancia de que los beneficiarios estén atentos a las actualizaciones en su sitio web y preparen la documentación necesaria con anticipación. La habilitación próxima del registro en línea permitirá a los jubilados y pensionados asegurarse de recibir sus pagos de manera ordenada y sin contratiempos. Se recomienda a los interesados visitar regularmente el sitio web del MEF para obtener información actualizada sobre el proceso de inscripción y los requisitos necesarios.
La implementación de este programa de pago representa un importante avance en la protección de los derechos de los jubilados y pensionados. El pago de los intereses por mora generados por la retención de la segunda partida del décimo tercer mes es una medida de justicia social que busca compensar a aquellos que fueron afectados por esta política en el pasado. El MEF se compromete a llevar a cabo este proceso de manera transparente y eficiente, garantizando que los fondos lleguen a los beneficiarios de manera oportuna y segura.
El proceso de inscripción en línea es un paso fundamental para agilizar el pago de los intereses por mora. Al permitir a los beneficiarios validar sus datos y confirmar su elegibilidad en línea, se reduce la necesidad de trámites presenciales y se minimizan los riesgos de errores o retrasos. El MEF espera que este proceso sea sencillo y accesible para todos los beneficiarios, independientemente de su ubicación geográfica o nivel de conocimientos tecnológicos.
En resumen, la habilitación del registro en línea para el pago de los Cepanim es una noticia importante para los jubilados y pensionados que esperan recibir estos fondos. El MEF ha puesto a disposición de los beneficiarios una plataforma en línea fácil de usar y ha establecido un protocolo claro para el pago en caso de fallecimiento del beneficiario. Se recomienda a los interesados estar atentos a las actualizaciones en el sitio web del MEF y preparar la documentación necesaria con anticipación para asegurar una recepción ordenada y sin contratiempos de sus pagos.












