La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha anunciado modificaciones significativas en el calendario tributario colombiano, impactando a miles de contribuyentes a nivel nacional. La medida, resultado de la declaración del tercer viernes de abril (específicamente el 17 de abril de 2026) como día cívico para las entidades del orden nacional, busca ajustar los plazos de cumplimiento de obligaciones fiscales, evitando inconvenientes y facilitando el cumplimiento para los ciudadanos y empresas.
El decreto que establece esta nueva disposición fue promulgado por el presidente Gustavo Petro a partir de 2025, y sus efectos se sentirán de manera directa en todos aquellos vencimientos que coincidan con el día cívico, así como en los plazos subsiguientes. La Dian ha enfatizado que esta decisión se alinea con la normatividad vigente en materia de cómputo de términos tributarios, buscando una aplicación justa y transparente de las leyes.
La principal implicación de esta modificación radica en el traslado automático de los vencimientos que caigan en el tercer viernes de abril al siguiente día hábil. Esto significa que si una obligación tributaria debía ser cumplida el 17 de abril, ahora deberá ser realizada el primer día hábil posterior. Sin embargo, el impacto no se limita únicamente a esa fecha específica. Debido a que el calendario tributario se define en términos de días hábiles, la declaración del 17 de abril como día no hábil genera un efecto dominó que desplaza todos los vencimientos posteriores en el cronograma oficial.
Esta situación afectará una amplia gama de trámites y obligaciones fiscales. Entre ellos, se encuentra la declaración y el pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta de grandes contribuyentes correspondiente al año gravable 2025. Este es un trámite de gran importancia para las empresas de mayor envergadura, y el ajuste en el plazo podría requerir una reevaluación de sus flujos de caja y planificación financiera.
Asimismo, la declaración y el pago mensual de la retención en la fuente para el año 2026 también se verán modificados. Este es un trámite que afecta a una gran cantidad de contribuyentes, tanto personas naturales como jurídicas, y es fundamental para el correcto funcionamiento del sistema tributario.
Además de estos trámites, la declaración anual de Presencia Económica Significativa (PES) y la declaración anual y pago del Régimen Simple de Tributación (RST) también experimentarán cambios en sus fechas de vencimiento. La declaración de PES es obligatoria para aquellas personas que realicen operaciones con el exterior, mientras que el RST es un régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
Ante este panorama, la Dian ha emitido una recomendación clara a los contribuyentes: revisar minuciosamente el calendario tributario actualizado del año gravable 2025, el cual se encuentra disponible en su página web oficial. La entidad insta a los contribuyentes a confirmar las nuevas fechas exactas de cumplimiento de sus obligaciones, con el fin de evitar retrasos y posibles sanciones.
La planificación anticipada es clave para afrontar estos cambios de manera efectiva. La Dian sugiere a los contribuyentes organizar sus finanzas y recursos con suficiente antelación, teniendo en cuenta los nuevos plazos establecidos. Esto permitirá evitar contratiempos y asegurar el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales.
La medida adoptada por la Dian responde a una necesidad de adaptar el calendario tributario a las nuevas realidades del país, considerando la declaración de días cívicos y su impacto en el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Si bien estos cambios pueden generar cierta confusión inicial, la Dian ha asegurado que está trabajando para brindar toda la información y el apoyo necesarios a los contribuyentes.
La transparencia y la comunicación efectiva son fundamentales para garantizar el éxito de esta transición. La Dian ha puesto a disposición de los contribuyentes diversos canales de atención, como su página web, líneas telefónicas y redes sociales, para resolver dudas y brindar orientación sobre los nuevos plazos y procedimientos.
En conclusión, la modificación del calendario tributario colombiano debido a la declaración del 17 de abril como día cívico representa un cambio importante para miles de contribuyentes. Es fundamental que los ciudadanos y empresas estén atentos a las nuevas fechas de vencimiento y planifiquen con anticipación el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, con el fin de evitar sanciones y asegurar el correcto funcionamiento del sistema tributario. La Dian ha reiterado su compromiso de brindar toda la información y el apoyo necesarios para facilitar esta transición y garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de manera eficiente y transparente. La adaptación a estos cambios es crucial para mantener la salud financiera y evitar problemas legales en el futuro.


