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Corte Penal Internacional garantiza protección a víctimas de crímenes

Corte Penal Internacional garantiza protección a víctimas de crímenes

La Corte Penal Internacional (CPI) tiene la obligación de garantizar la seguridad, bienestar y dignidad de las víctimas que participan en sus procesos, ya sea como testigos o por ejercer sus derechos. Este derecho a la protección se encuentra establecido en los artículos 68(1) y 43(6) del Estatuto de Roma, que rige el funcionamiento de la CPI.

Existen dos tipos de medidas de protección: las generales, que buscan prevenir riesgos para un grupo amplio de víctimas, y las concretas, que se aplican caso por caso cuando se identifica un peligro específico. Estas medidas son responsabilidad de todos los órganos de la CPI, pero la Secretaría, a través de la Unidad de Víctimas y Testigos, tiene el rol principal.

Entre las medidas generales se encuentran garantizar la confidencialidad de las comunicaciones de las víctimas con la Corte, el uso de pseudónimos, la distorsión de imágenes o voces, y la restricción de acceso a cierta información. Estas buscan evitar la revictimización de las personas que se acercan a la CPI.

Por otro lado, las medidas concretas se aplican cuando se identifica un riesgo particular, y pueden incluir protección física, traslados, cambios de identidad, entre otras. Estas se deciden caso por caso por las salas correspondientes de la Corte.

La protección de las víctimas es un pilar fundamental del sistema de justicia de la CPI, que busca garantizar su seguridad y dignidad a lo largo de todo el proceso judicial. Este derecho es clave para que las víctimas puedan ejercer plenamente sus derechos ante la Corte sin temor a represalias.

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