El Tribunal Constitucional (TC) de Perú ha emitido un fallo que anula la totalidad de la investigación y el proceso judicial seguido contra el expresidente Ollanta Humala, quien gobernó el país entre los años 2011 y 2016. Esta decisión judicial tiene un impacto directo e inmediato en la situación del exmandatario, quien actualmente se encuentra cumpliendo una condena de 15 años de prisión en el penal de Barbadillo. Según el fallo publicado este jueves en Lima, Humala podrá recuperar su libertad.
La resolución del Tribunal Constitucional se basa en la declaración fundada de una demanda de habeas corpus presentada por la defensa de Humala. El organismo señaló que en el proceso se acreditó una vulneración de los principios de legalidad y tipicidad, los cuales están intrínsecamente conectados con el derecho a la libertad personal. Debido a estas irregularidades jurídicas, el TC decidió declarar la nulidad de todo el proceso seguido contra el expresidente.
Este proceso judicial no solo afectaba a Ollanta Humala, sino que también incluía a su esposa, Nadine Heredia, quien debido a las implicaciones legales se vio forzada a solicitar asilo en Brasil. Con la anulación del proceso, las investigaciones contra Heredia y contra la cúpula del entonces Partido Nacionalista Peruano también quedan sin efecto.
El núcleo de la controversia radicaba en los presuntos aportes irregulares recibidos durante las campañas electorales de Humala en los años 2006 y 2011. De acuerdo con los testimonios recogidos por la Fiscalía durante la etapa de investigación, estos aportes provenían de fuentes cuestionadas, específicamente de la constructora brasileña Odebrecht y del entonces gobierno de Luiz Inacio Lula da Silva en Brasil. Estas contribuciones fueron la base para imputar el delito de lavado de activos.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional, en las consideraciones de su fallo, precisó un punto técnico fundamental: al momento de ocurrir los hechos imputados en las campañas de 2006 y 2011, los actos de receptación patrimonial no se encontraban previstos como una modalidad típica del delito de lavado de activos. Por lo tanto, el TC determinó que la imputación contra Humala desconocía el principio de legalidad penal, ya que no se puede condenar a alguien por un hecho que no estaba tipificado como delito en la ley en el momento de su ejecución.
Este criterio jurídico es coherente con decisiones previas del propio Tribunal Constitucional. El fallo hace referencia al archivo del proceso por presunto lavado de activos contra la actual mandataria Keiko Fujimori. En aquel caso, el TC ya había ratificado que los aportes irregulares en campañas electorales no pueden ser tipificados bajo el delito de lavado de activos, sentando un precedente que ahora se aplica al caso de Ollanta Humala.
En consecuencia, el Tribunal Constitucional ha ordenado que el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado, o el órgano judicial penal que resulte correspondiente, defina la situación jurídica del exmandatario una vez que sea notificado oficialmente del fallo.
Asimismo, la resolución ordena la nulidad total del proceso por lavado de activos, argumentando que fue atribuido sin el debido sustento jurídico. Esto implica que quedan sin efecto todas las actuaciones derivadas del proceso, incluyendo las resoluciones que desestimaron la excepción de naturaleza de la acción y la sentencia penal dictada en el año 2025.
Ollanta Humala se convierte así en el primer exmandatario peruano condenado a raíz del escándalo Lava Jato en Perú que será excarcelado por esta decisión del sistema de justicia. Este camino legal ya había beneficiado previamente a Keiko Fujimori y a su entorno partidario más cercano, resultando en el archivo de los procesos seguidos en su contra.


