El presidente de la República, Daniel Noboa, ha definido el rumbo de la agenda electoral inmediata al confirmar, este 31 de julio de 2026, que no se convocará a un referéndum para modificar las funciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) durante los comicios seccionales programados para el mes de noviembre. El anuncio fue realizado de manera pública durante una entrevista radial concedida en la ciudad de Quito, espacio en el cual el mandatario respondió a los cuestionamientos sobre el futuro de la propuesta de reforma constitucional impulsada por su administración.
La consulta popular que el Gobierno ha planteado tiene como objetivo central modificar la Constitución vigente para retirar al Cpccs la facultad de designar a diversas autoridades del Estado. De acuerdo con la propuesta del Ejecutivo, el diseño institucional cambiaría para que dichos nombramientos pasen a ser responsabilidad de la Asamblea Nacional. No obstante, el Gobierno subraya que este traslado de competencias no sería discrecional, sino que se implementaría a través de procesos públicos regidos por mecanismos de participación ciudadana, meritocracia y un riguroso escrutinio público.
Durante el desarrollo de la entrevista radial, el presidente Noboa fue consultado específicamente sobre la viabilidad de integrar esta consulta popular dentro del proceso de las elecciones seccionales de noviembre. Ante esta interrogante, la respuesta del jefe de Estado fue directa y tajante: "No, en estas elecciones no". Con esta declaración, el mandatario descartó oficialmente que la pregunta sobre la reforma del Cpccs forme parte de las papeletas electorales del próximo noviembre.
A pesar de que no se someterá a votación durante el presente año, el proyecto de reforma constitucional continúa vigente. Es importante recordar que, en abril de 2026, la Corte Constitucional emitió un pronunciamiento en el que declaró que el presidente Daniel Noboa cumplió satisfactoriamente con el dictamen emitido sobre la propuesta presentada por el Ejecutivo para modificar las funciones del Cpccs.
Este paso legal fue fundamental, ya que el pronunciamiento de la Corte permitió que el proceso constitucional avanzara en la etapa de control previo, un requisito indispensable para que el Ejecutivo pueda, en un momento posterior, convocar a un referéndum. Sin embargo, aunque el camino jurídico esté despejado, el Gobierno Nacional no ha fijado hasta la fecha una fecha concreta para que la ciudadanía se pronuncie sobre esta propuesta.
La iniciativa gubernamental plantea una enmienda constitucional específica para eliminar la atribución del Cpccs de designar autoridades. El texto impulsado por el Gobierno establece que estos procesos deben ser trasladados a la Asamblea Nacional, asegurando que se utilicen mecanismos públicos que garanticen la transparencia, la meritocracia y la participación activa de la ciudadanía, evitando así la concentración de estas facultades en el actual organismo de participación.
Para dar claridad sobre el contenido de la posible consulta, el Ejecutivo ha formulado la siguiente pregunta que sería sometida al voto popular: "¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos públicos que garanticen la participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe, a través de estos procesos, a las autoridades que actualmente elige el CPCCS, enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo de la pregunta?".
Por el momento, debido a que la consulta no tiene una fecha de convocatoria establecida, se ratifica que las elecciones seccionales de noviembre de 2026 se llevarán a cabo sin la inclusión de esta pregunta. El anuncio del presidente Noboa despeja las dudas sobre el escenario electoral inmediato, dejando la propuesta de modificación de las funciones del Cpccs en estado de espera.
En conclusión, aunque la reforma constitucional mantiene su validez y cuenta con el aval del control previo de la Corte Constitucional, su ejecución queda supeditada a una futura decisión del Ejecutivo. La decisión de no incluir la consulta en noviembre define la agenda de los comicios seccionales, mientras que la posibilidad de un referéndum futuro permanece como una facultad del presidente Noboa dentro del procedimiento previsto por la Constitución.


