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Corte de EE.UU. autoriza la expansión de deportaciones aceleradas en todo el territorio nacional

Conoce cómo el fallo federal sobre deportación acelerada permite a Trump ampliar el procedimiento contra inmigrantes sin dos años en EE.UU.

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Corte de EE.UU. autoriza la expansión de deportaciones aceleradas en todo el territorio nacional
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Una Corte federal de apelaciones ha autorizado al gobierno de Donald Trump a expandir las deportaciones aceleradas a todo Estados Unidos. Esta medida permite expulsar a inmigrantes que no puedan acreditar una permanencia continua de al menos dos años en el país, eliminando la necesidad de una audiencia ante un juez de inmigración. Mientras el tribunal determinó que el proceso no viola el debido proceso, defensores de derechos humanos y la ACLU advierten que la falta de supervisión judicial aumenta el riesgo de errores graves. La única vía para detener estas expulsiones inmediatas es presentar pruebas de residencia prolongada o demostrar temor fundado de persecución en su país de origen.

Una Corte federal de apelaciones ha emitido un fallo que permite al gobierno de Donald Trump retomar la aplicación de las deportaciones aceleradas en todo Estados Unidos. Esta medida representa una ampliación significativa del alcance de dicho procedimiento, impactando directamente a aquellos inmigrantes que no puedan acreditar una permanencia continua de al menos dos años en el territorio estadounidense.

La resolución judicial fue dictaminada el pasado 23 de junio por la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Circuito del Distrito de Columbia. A través de este fallo, el tribunal dejó sin efecto una orden previa que había frenado la expansión de este mecanismo, conocido en inglés como "expedited removal". Como resultado directo de esta decisión, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) recupera la facultad legal para implementar este procedimiento en una escala mucho más amplia que la utilizada anteriormente.

El juez Justin Walker, encargado de redactar la opinión de la corte, explicó los fundamentos de la decisión señalando que el tribunal de distrito había suspendido la expansión basándose en la premisa de que probablemente violaba el debido proceso. No obstante, el juez Walker determinó que dicha premisa era incorrecta, afirmando que, debido a que no existe tal violación, la suspensión debía ser anulada.

La decisión no fue unánime, ya que fue adoptada por un panel de tres jueces mediante una votación dividida de dos votos contra uno. El tribunal concluyó que las partes demandantes no lograron demostrar que los procedimientos actualmente vigentes impidan que las personas afectadas ejerzan su derecho a ser escuchadas. La mayoría de los jueces sostuvo que las reglas actuales contemplan mecanismos de notificación y brindan oportunidades suficientes para que los afectados presenten la información necesaria sobre su situación migratoria.

El sistema de deportación acelerada se distingue de los procesos migratorios ordinarios porque permite que ciertas personas sean expulsadas del país norteamericano sin la necesidad de pasar por una audiencia ante un juez de inmigración ni atravesar los procedimientos administrativos habituales. Sobre la eficiencia de este sistema, el juez Walker destacó que, a diferencia de otros procedimientos exigidos por la ley que pueden tardar años en completarse, la deportación acelerada a menudo se ejecuta en tan solo unos pocos días.

Hasta el momento de este fallo, esta modalidad de expulsión se aplicaba principalmente en las zonas cercanas a la frontera y se dirigía a personas que habían ingresado recientemente a Estados Unidos. Sin embargo, con la nueva decisión judicial, las autoridades migratorias tienen ahora la capacidad de aplicar este procedimiento en cualquier estado de la unión.

El fallo permite restablecer a escala nacional el criterio temporal de los dos años. Esto significa que la medida alcanza a inmigrantes indocumentados que no logren demostrar una residencia continua de al menos dos años en suelo estadounidense. Bajo este esquema, un oficial migratorio tiene la potestad de ordenar la remoción de una persona sin necesidad de iniciar un proceso judicial ordinario, siempre que el oficial considere que no existen pruebas suficientes sobre el tiempo de permanencia del individuo en el país.

No obstante, la resolución contó con una voz disidente. El juez Robert Wilkins expresó su desacuerdo con la mayoría, advirtiendo que este procedimiento puede derivar en que las personas sean deportadas sin que siquiera se les pregunte cuánto tiempo han permanecido en Estados Unidos. Wilkins calificó la medida como lamentablemente inadecuada para aquellas personas que son encontradas en el interior del país.

Diversas entidades dedicadas a la defensa de los derechos de los migrantes han cuestionado la decisión y alertado sobre las consecuencias para quienes enfrenten este proceso. Uno de los abogados demandantes señaló que el fallo socava el principio fundamental del debido proceso cuando el gobierno intenta deportar a una persona.

En esta misma línea, Anand Balakrishnan, abogado principal del Proyecto de Derechos de los Inmigrantes de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU), señaló que la ausencia de una audiencia ante un juez aumenta considerablemente el riesgo de cometer errores al determinar el estatus migratorio de una persona. Balakrishnan agregó que la insistencia de la administración Trump en las deportaciones aceleradas someterá a los individuos a un sistema que considera injusto.

A pesar de la celeridad del proceso, existen mecanismos disponibles para los afectados. Uno de ellos consiste en la presentación de documentación que permita acreditar una presencia continua en Estados Unidos durante al menos dos años. Asimismo, existe una alternativa para quienes manifiesten temor de regresar a su país de origen debido a riesgos de persecución o tortura. En estos casos específicos, las autoridades están obligadas a derivar la situación a una evaluación especializada para determinar si el proceso debe continuar ante un juez.

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