El Colegio de Abogados de Chile ha hecho público este lunes la decisión formal de expulsar de su gremio al abogado Luis Edgardo Hermosilla Osorio. Esta determinación es el resultado final de un exhaustivo proceso de investigación ética llevado a cabo por la institución, el cual concluyó que el profesional incurrió en faltas que ameritaban la sanción máxima prevista en sus reglamentos internos.
La entidad gremial detalló, a través de un comunicado oficial, que la resolución fue adoptada de manera unánime por el Tribunal Ético el pasado jueves 4 de junio. El detonante principal de este proceso sancionatorio fue la revelación y el conocimiento público de la participación del jurista en los hechos conocidos como el "Caso Audio", situación que puso en tela de juicio el comportamiento profesional del abogado frente a los estándares exigidos por la corporación.
En cuanto a la cronología de los hechos, el Colegio de Abogados precisó que el camino hacia la expulsión comenzó con la apertura de investigaciones disciplinarias iniciadas de oficio. Estas indagaciones fueron impulsadas por instrucción del presidente de la institución en aquel momento, estableciéndose dos fechas clave para el inicio de estos procedimientos: el 10 de abril de 2024 y el 27 de enero de 2025. Según la misiva emitida por el gremio, estas acciones se fundamentaron en hechos que eran considerados públicos y notorios, los cuales podían ser sancionados bajo el Código de Ética Profesional del Colegio de la Orden.
El sustento normativo para el inicio de estas pesquisas se basó específicamente en lo dispuesto en el artículo 6° del Reglamento Disciplinario de la institución. Tras un análisis detallado de las pruebas, el estudio de los hechos y el desarrollo de las investigaciones pertinentes, el Tribunal Ético determinó que la conducta del señor Hermosilla Osorio no era compatible con la permanencia en el gremio. Por este motivo, se dictó la sentencia que resuelve, sin votos en contra, aplicar la medida de expulsión, apoyándose legalmente en los artículos 7° y 10° de los Estatutos vigentes de la organización.
No obstante, la sanción no ha quedado firme de manera definitiva en la esfera administrativa del Colegio, ya que el abogado Luis Hermosilla ha hecho uso de sus derechos legales para impugnar la resolución. El comunicado informa que, con fecha 17 de junio de 2026, la parte reclamada presentó formalmente un recurso de apelación contra la sentencia de expulsión.
Para fundamentar este recurso, la defensa de Hermosilla se ha acogido a lo establecido en el artículo 28° del reglamento disciplinario del gremio. Asimismo, la apelación se ampara en un marco legal superior, citando expresamente el artículo 19 N° 16 de la Constitución Política de la República, que garantiza el derecho a un debido proceso y a la recurrencia en las decisiones que afectan la esfera jurídica de las personas.
Más allá del caso particular del abogado expulsado, el Colegio de Abogados de Chile aprovechó el anuncio para enviar un mensaje institucional sobre la importancia de la probidad en el ejercicio del derecho. El gremio reafirmó su compromiso inquebrantable con la observancia de los principios éticos que rigen la profesión, subrayando que el cumplimiento de estas normas es esencial para mantener la integridad del sistema legal.
Finalmente, la institución destacó que el correcto funcionamiento de sus mecanismos disciplinarios es una prioridad absoluta. Según el comunicado, estas acciones no solo buscan sancionar las faltas individuales, sino que tienen como objetivo primordial el resguardo de la fe pública y la preservación de la dignidad de la abogacía en el país, asegurando que quienes integran el colegio cumplan con los estándares morales y profesionales que la sociedad chilena demanda de sus representantes legales.

