La Municipalidad Metropolitana de Lima ha iniciado una acción legal mediante la presentación de una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional, con el objetivo de que este órgano jurisdiccional ordene al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) emitir un nuevo pronunciamiento. El pedido central de la comuna capitalina es que dicho pronunciamiento cuente con una motivación reforzada respecto a la solicitud de convocar a elecciones complementarias en Lima Metropolitana.
De acuerdo con los detalles del documento presentado, la Municipalidad de Lima sostiene que el rechazo previo del JNE a dicha convocatoria constituye un ejercicio constitucionalmente insuficiente de las competencias de fiscalización y justicia electoral. En el escrito, se argumenta que esta decisión del ente electoral ha provocado un menoscabo de las competencias constitucionales y orgánicas de la Municipalidad de Lima, aunque el texto de la demanda no llega a precisar cuáles son exactamente esas competencias afectadas.
La demanda fue ingresada formalmente el lunes 4 de mayo a las 14:57 horas, a través de la oficina de trámite documentario y archivo del Tribunal Constitucional. El documento legal lleva la firma del abogado Gerardo Eto Cruz, quien actúa en representación del alcalde de Lima, Andrés Reggiardo. No obstante, fuentes judiciales consultadas han manifestado que es poco probable que la demanda sea acogida desde un punto de vista estrictamente jurídico, debido a que el escrito omite detallar qué atribuciones específicas de la Municipalidad de Lima, dentro del marco de un proceso electoral, se habrían visto vulneradas por la resolución del JNE.
Un punto relevante del recurso es que la Municipalidad de Lima aclara explícitamente que no busca que el Tribunal Constitucional sustituya al Jurado Nacional de Elecciones en la decisión electoral de fondo, ni pretende que el TC sea quien convoque directamente a una nueva votación. Esta precisión, según analistas judiciales, sugiere un proceso que podría resultar inviable en el tiempo y que carece de un objetivo claro.
En términos técnicos, la demanda solicita la invalidez competencial del extremo del acuerdo del JNE que, según el recurrente, clausura de manera absoluta toda vía de tutela restaurativa focalizada. La Municipalidad argumenta que esto se hizo sin una motivación reforzada, sin una ponderación constitucional y sin activar los mecanismos de cooperación interorgánica que serían exigibles cuando se encuentran comprometidos el sufragio y las competencias metropolitanas.
Para intentar subsanar el vacío sobre las competencias afectadas, el abogado Eto Cruz argumenta que la decisión del JNE cierra la vía institucional para la reparación del sufragio afectado. Según el escrito, esto desplaza hacia la Municipalidad Metropolitana de Lima la gestión de una conflictividad urbana que impacta directamente en recursos, planes y competencias en materias críticas como la seguridad ciudadana, el tránsito, la conservación de la infraestructura, el turismo y la protección del Centro Histórico de la ciudad.
Sin embargo, fuentes judiciales han sido críticas con este planteamiento, señalando que el conflicto se ha delimitado ahora como un desplazamiento de la conflictividad urbana, un tema sobre el cual el sistema electoral no ha emitido pronunciamiento ni posee jurisdicción. Además, subrayan que, ante cualquier conflicto de naturaleza urbana, la institución llamada a intervenir prioritariamente es la Policía Nacional y no la municipalidad.
Por estas razones, diversas fuentes describen la demanda como un trabalenguas jurídico, indicando que se intenta establecer un conflicto de competencias que no puede demostrarse y que, por ende, no puede destrabarse. Asimismo, se cuestiona que el texto no explique de qué manera una nueva resolución con motivación reforzada, o la participación de otras instituciones del sistema electoral, podría alterar lo ya resuelto por el JNE.
Finalmente, la demanda ignora un factor crítico: el calendario electoral. El JNE ya había concluido que convocar a elecciones complementarias pondría en riesgo el proceso general, ya que en mayo se deben proclamar los resultados de la primera vuelta y el balotaje está previsto para el 7 de junio. Debido a estos plazos tan reducidos, el ente electoral determinó que una nueva elección no repararía el presunto daño y, por el contrario, generaría un perjuicio mayor al sistema democrático. El recurso presentado por la Municipalidad de Lima no ofrece argumentos sobre este calendario ni detalla los beneficios reales que obtendrían los electores si la demanda fuese acogida.

