La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal dictaminó la tasación y ejecución de los bienes pertenecientes a Cristina Fernández de Kirchner, sus hijos Máximo y Florencia, Lázaro Báez, y demás individuos condenados en la causa Vialidad. El fallo se relaciona con la investigación y condena por la adjudicación irregular de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz durante las administraciones de Néstor y Cristina Kirchner.
La resolución judicial establece que, dado que los activos identificados hasta el momento no son suficientes para cubrir el monto total fijado como decomiso, que asciende a $684 mil millones, se procederá al remate de los bienes de todos los involucrados en el presunto fraude.
La lista de activos a ser ejecutados incluye propiedades a nombre de empresas como Austral Construcciones S.A., Kank y Costilla S.A., y Loscalzo y Del Curto S.R.L., así como bienes pertenecientes a Nelson Guillermo Periotti, José Francisco López, Mauricio Collareda, Raúl Gilberto Pavesi y Raúl Osvaldo Daruich.
El fallo también faculta al Ministerio Público Fiscal a continuar identificando y agregando a la ejecución bienes adicionales que puedan ser susceptibles de realización para alcanzar el monto total del decomiso.
La resolución delega al Tribunal Oral Federal 2 la continuación del proceso, siguiendo los términos establecidos en el acuerdo previamente aprobado por la Corte Suprema de Justicia, específicamente el Reglamento de efectos decomisados en causas penales .
Fuentes judiciales consultadas advierten que el proceso podría verse interrumpido si la defensa de la expresidenta y los demás acusados presenta un recurso extraordinario ante Casación. Incluso si este recurso fuera declarado inadmisible por los camaristas, los condenados aún tendrían la opción de interponer un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia.
Para llevar a cabo la recuperación de bienes ordenada por la sentencia de Vialidad, el Tribunal Oral Federal 2 deberá considerar la Acordada 22/2025 de la Corte Suprema, que regula la administración del decomiso.
El tribunal deberá realizar una subasta pública, previa notificación a la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura de la Corte Suprema. En esta etapa, se deberá detallar los compradores y las sumas obtenidas por cada bien rematado. Los fondos generados por la venta deberán ser depositados en las cuentas bancarias del Tribunal Oral Federal.
En cuanto a los bienes muebles registrables y no registrables que puedan tener utilidad social, ya sea por su valor económico o cultural, se ordenará su tasación y se podrán asignar provisionalmente para el uso del Poder Judicial, el Ministerio Público Fiscal o las fuerzas de seguridad.
Si los bienes poseen una utilidad inmediata y concreta para la comunidad, podrán destinarse a programas de asistencia a víctimas, educativos, de salud, de reinserción social o de contención de personas en situación de vulnerabilidad.
Todos los elementos recuperados a través del proceso judicial, como viviendas o vehículos, quedarán bajo la órbita de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), que colaborará en la subasta, puesta en valor, mantenimiento y aprovechamiento de los bienes decomisados. La AABE jugará un rol fundamental en la gestión y disposición final de los activos recuperados.
La ejecución de bienes representa un paso significativo en el proceso judicial de la causa Vialidad, buscando asegurar que el decomiso ordenado por la sentencia se cumpla efectivamente. El proceso, sin embargo, podría enfrentar obstáculos legales adicionales a través de recursos presentados por la defensa de los condenados, lo que podría prolongar la duración del proceso. La colaboración entre diferentes organismos del Poder Judicial y la AABE será crucial para garantizar la correcta administración y disposición de los bienes recuperados, maximizando su utilidad social y económica.











