El Poder Judicial ha rechazado formalmente la solicitud del expresidente Pedro Castillo de intervenir como litisconsorte facultativo en el proceso de amparo interpuesto por la exmandataria Dina Boluarte. La decisión, emitida por la Primera Sala Constitucional de Lima, supone un revés significativo para la estrategia legal de Castillo y consolida la separación entre su situación jurídica y la demanda de Boluarte contra su vacancia.
La Sala Constitucional argumentó de manera contundente que la participación de Castillo en el proceso no se justifica, ya que él no tiene una conexión directa con el procedimiento parlamentario que culminó con la vacancia de Boluarte. El colegiado judicial enfatizó que la relación jurídica relevante se establece únicamente entre la exmandataria y el Congreso de la República, y que no existe evidencia alguna de que los derechos de Castillo hayan sido afectados por la resolución parlamentaria.
Castillo había intentado justificar su intervención alegando un interés jurídico relevante en el resultado del proceso, buscando presumiblemente influir en la decisión del tribunal constitucional. Sin embargo, la Sala Constitucional desestimó este argumento, señalando que la demanda de Boluarte se centra exclusivamente en la legalidad de su vacancia y no involucra de manera directa los derechos o intereses del expresidente.
La demanda de amparo presentada por Dina Boluarte busca anular la resolución parlamentaria que la destituyó del cargo, argumentando una serie de vulneraciones a sus derechos fundamentales. Boluarte alega que el Congreso infringió su derecho al debido proceso, a la defensa, a la igualdad, al honor y a la buena reputación durante el proceso de vacancia.
En su demanda, la exmandataria solicita específicamente la anulación de todos los efectos de la resolución de vacancia y la retroacción del procedimiento parlamentario hasta el oficio N° 078-2025-2026-ADP/PCR. Esta solicitud se basa en la afirmación de que sus derechos fundamentales fueron violados en el curso del trámite parlamentario, desde ese punto específico en adelante.
Además de la anulación de la vacancia, Boluarte plantea una pretensión alternativa de gran importancia. Solicita al Tribunal Constitucional que establezca criterios vinculantes para futuros procedimientos de vacancia presidencial, con el objetivo de garantizar el respeto irrestricto del debido proceso, la concesión de un plazo razonable para la defensa y la prohibición de calificar la incapacidad moral permanente sin una discusión y prueba exhaustiva de las imputaciones. Esta pretensión se fundamenta en los precedentes establecidos por la sentencia N° 1803-2023-HC, que aborda temas similares relacionados con el debido proceso en procedimientos de vacancia.
La admisión a trámite de la demanda por parte de la Primera Sala Constitucional de Lima ha desencadenado una serie de acciones legales y ha generado un intenso debate público. El tribunal ha programado una audiencia única virtual para el próximo 12 de marzo a las 9:00 a.m., en la que participarán Dina Boluarte y su equipo de defensa, así como representantes de la Procuraduría del Congreso.
Durante esta audiencia, la Sala Constitucional evaluará minuciosamente las pretensiones de Boluarte y analizará los argumentos presentados por ambas partes. Se espera que la audiencia sea un momento crucial en el proceso, ya que podría determinar el futuro de la exmandataria y establecer precedentes importantes para futuros casos de vacancia presidencial.
La decisión del Poder Judicial de excluir a Pedro Castillo del proceso de amparo subraya la complejidad de la situación legal que enfrenta el expresidente. Castillo se encuentra actualmente en prisión preventiva, acusado de rebelión y otros delitos relacionados con su intento de disolver el Congreso y establecer un gobierno de excepción. Su defensa ha argumentado que su detención es injusta y que sus derechos fundamentales han sido vulnerados.
Sin embargo, el rechazo de su solicitud de intervenir en el proceso de Boluarte indica que el Poder Judicial no considera que su situación jurídica esté directamente relacionada con la demanda de la exmandataria. Esto podría dificultar aún más sus esfuerzos por obtener su libertad y defenderse de las acusaciones en su contra.
La audiencia del 12 de marzo se perfila como un evento de gran importancia para el futuro político y jurídico del Perú. La decisión que tome la Primera Sala Constitucional de Lima podría tener consecuencias significativas para Dina Boluarte, para el Congreso de la República y para la estabilidad institucional del país.
El caso también plantea interrogantes fundamentales sobre los límites del poder parlamentario, la protección de los derechos fundamentales y la necesidad de establecer criterios claros y transparentes para los procedimientos de vacancia presidencial. La resolución final del Tribunal Constitucional podría sentar un precedente importante para futuros casos y contribuir a fortalecer el estado de derecho en el Perú.
La exclusión de Castillo del proceso, además, podría interpretarse como una señal del Poder Judicial de mantener una distancia prudente de la controversia política que rodea a ambos exmandatarios. Al centrarse exclusivamente en la legalidad de la vacancia de Boluarte, el tribunal busca evitar cualquier apariencia de parcialidad o influencia indebida.
El resultado de este proceso de amparo será observado de cerca por la comunidad internacional, que ha expresado preocupación por la situación política y jurídica en el Perú. La estabilidad democrática del país y el respeto por los derechos humanos son temas de gran relevancia para la comunidad internacional, y la decisión del Tribunal Constitucional podría tener un impacto significativo en la percepción del Perú en el escenario global.


