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Tribunal Constitucional divide opiniones sobre maternidad subrogada

Tribunal Constitucional divide opiniones sobre maternidad subrogada

El Tribunal Constitucional (TC) ha emitido una sentencia que ha generado debate sobre el tema de la maternidad subrogada en el Perú. Si bien la decisión resuelve una situación concreta, no establece un parámetro claro para otros casos similares, dejando abierta la discusión sobre este controversial asunto.

La sentencia, recaída en el Expediente 1367-2019-PA/TC, fue emitida por un colegiado dividido. Tres de los magistrados consideraron que se debía reconocer el vínculo de consanguinidad entre una menor y la pareja que la solicitó mediante un "acuerdo privado de útero subrogado". Sin embargo, el cuarto voto, que formó la sentencia en mayoría, se apartó de esos fundamentos y ordenó la rectificación del apellido materno de la menor, dejando claro que no había suficientes pruebas sobre el origen de la niña ni del uso de técnicas de reproducción asistida.

Los otros tres magistrados, por su parte, votaron por declarar improcedente la demanda, lo que evidencia la falta de consenso en el máximo tribunal constitucional sobre este tema.

El caso en cuestión involucra a un matrimonio que, según declara, no puede tener hijos y recurrió a una pariente de la esposa para que llevara a cabo la gestación en una clínica, con un óvulo y esperma anónimos. Al nacer la niña, fue declarada por el esposo como su hija, a pesar de no tener vínculo genético ni sanguíneo con ella.

La sentencia ha dado por cierto que la menor se encuentra protegida y en condiciones que justifican su reconocimiento como hija natural de los demandantes. Sin embargo, el "acuerdo privado de útero subrogado" prohíbe a "la colaboradora" establecer una relación de madre/hija con el concebido, y esta renuncia a sus derechos y obligaciones de la patria potestad.

Esto ha generado cuestionamientos sobre si es admisible que una simple declaración sea suficiente para renunciar a la patria potestad y desconocer el derecho de los niños a conocer a sus padres, reduciéndolos a un "producto comercial".

Cabe destacar que, en julio pasado, la relatora de las Naciones Unidas dio a conocer un informe que acredita la existencia de un negocio millonario en el que se somete a mujeres de escasos recursos a ser "gestantes estacionales", sin importar el daño hormonal y psíquico que sufren. Su conclusión es la abolición universal de la gestación subrogada.

El Tribunal Constitucional ha dejado claro que esta sentencia resuelve una situación concreta, pero no ha establecido un parámetro para otros casos. Además, el Congreso tiene pendiente regular la gestación subrogada, a la luz de la Constitución y de lo que sucede en el país y en el mundo con esta práctica.

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