La jueza Novena Penal del Circuito de Bogotá ha emitido un fallo condenatorio contra el exalcalde de Santa Marta y excandidato presidencial, Carlos Caicedo. El exmandatario fue hallado responsable de delitos relacionados con irregularidades en los procesos de contratación destinados a la modernización de diversos centros de salud durante el periodo en que lideró la administración municipal.
En el sentido del fallo, la jueza determinó que Caicedo es responsable de los delitos de “contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso heterogéneo con peculado por apropiación agravado en calidad de coautor”. Esta decisión judicial se produce tras un proceso que se extendió por más de una década, basándose en hechos ocurridos entre los años 2014 y 2015.
La sentencia impuesta al exalcalde contempla una pena principal de 117,6 meses de prisión, lo que equivale a 9 años y 9 meses de reclusión. Además de la privación de la libertad, el despacho judicial le impuso una multa económica ascendente a 4.453.229.734 de pesos. En cuanto a sus derechos civiles y políticos, se decretó la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la condena, sumado a la inhabilitación intemporal establecida en el artículo 122 de la Constitución Nacional para quienes cometen delitos contra la administración pública.
Un punto crítico de la sentencia es que la jueza decidió que Carlos Caicedo no es acreedor a ningún mecanismo sustitutivo de la pena privativa de la libertad. Esta determinación coincide con la solicitud previa de la Fiscalía General de la Nación, entidad que pidió que no se le concedieran beneficios judiciales dada la gravedad de los hechos. En consecuencia, el despacho ordenó librar la respectiva orden de captura una vez el fallo quede en firme. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) será la entidad encargada de definir el centro de reclusión donde el condenado deberá cumplir su pena.
El núcleo del proceso judicial se centró en las irregularidades detectadas durante la etapa precontractual del contrato PS-04. Dicho contrato fue suscrito el 20 de agosto de 2014 entre la Empresa Social del Estado (ESE) Alejandro Próspero Reverend y la sociedad Mediredes SAS, por un valor total de 6.532.759.830 de pesos y un plazo de ejecución establecido en diez meses. El objeto de dicha contratación era el mantenimiento y la adecuación de los centros de salud de Bastidas, La Candelaria, Mamatoco, Taganga y La Paz, todos ubicados en Santa Marta.
Según el sustento del fallo, el 5 de junio de 2014, Caicedo, actuando en su calidad de alcalde de la ciudad y presidente de la junta directiva de la ESE, expidió el acuerdo No. 0004. A través de este documento, autorizó al gerente de la entidad para adelantar los negocios jurídicos necesarios para la intervención de la infraestructura de los puestos de salud mencionados. Fue precisamente en este trámite, comprendiendo las etapas precontractual y contractual, donde el despacho judicial encontró las irregularidades que originaron el proceso penal.
Durante el juicio, la defensa del exmandatario, liderada por el abogado Iván Cancino, sostuvo que no existía evidencia suficiente que demostrara la participación directa de Carlos Caicedo en las irregularidades contractuales. No obstante, el sentido del fallo fue contrario a estos argumentos. Tras conocerse la sentencia, el abogado Julián Quintana expresó su satisfacción con la decisión, calificándola como un paso importante hacia la justicia y señalando que Caicedo es un personaje que "por mucho tiempo gozó de impunidad". Quintana aseguró además que continuarán impulsando los demás procesos judiciales activos contra el exalcalde.
En el ámbito político, Carlos Caicedo es reconocido por haber sido candidato presidencial bajo el movimiento Fuerza Ciudadana, candidatura de la cual renunció pocas semanas antes de los comicios para respaldar la postulación de Iván Cepeda.
Finalmente, este fallo judicial ocurre en un momento complejo para el exgobernador, quien también enfrenta denuncias por presunto abuso sexual, incluyendo una denuncia interpuesta por la madre de una niña de ocho años. Este proceso se encuentra actualmente en manos de un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia. Asimismo, se ha solicitado investigar un posible intento de acercamiento de Caicedo con la madre de la menor, acción que la defensa de las víctimas considera que podría constituir un acto de intimidación.
Contra la sentencia emitida este miércoles procede el recurso de apelación, el cual debía interponerse durante la misma audiencia y sustentarse en un plazo de cinco días.


