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Poder Judicial rechaza nulidad y ratifica juicio contra Roberto Sánchez por aportes de campaña

El excandidato presidencial de Juntos por el Perú cuestionó decisiones judiciales que dictaron el auto de enjuiciamiento en su contra por presunto falseamiento de información sobre aportes ante la ONPE.

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Poder Judicial rechaza nulidad y ratifica juicio contra Roberto Sánchez por aportes de campaña
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El Poder Judicial rechazó el pedido de nulidad presentado por el excandidato presidencial Roberto Sánchez Palomino, ratificando el proceso judicial en su contra por el presunto falseamiento de información sobre aportes y gastos de campaña entre 2019 y 2020 ante la ONPE. La Fiscalía solicita una pena de 5 años y 4 meses de prisión para el actual asesor parlamentario por los delitos de falsa declaración y falseamiento de información. A pesar de los cuestionamientos de la defensa sobre supuestos vicios procesales, el magistrado desestimó los argumentos y ordenó que el caso avance hacia el juicio oral.

El Poder Judicial (PJ) ha emitido un pronunciamiento determinante al rechazar un nuevo pedido de nulidad presentado por el excandidato presidencial de la organización política Juntos por el Perú (JP), Roberto Sánchez. Esta decisión ratifica el Auto de Enjuiciamiento dictado en su contra, manteniendo vigente el proceso judicial por el presunto falseamiento de información relacionada con los aportes y gastos de campaña efectuados entre los años 2019 y 2020 ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Con esta resolución, queda firme la acusación presentada por el Ministerio Público (MP), organismo que ha solicitado una pena privativa de la libertad de 5 años y 4 meses para el ahora asesor parlamentario. De acuerdo con el expediente, Sánchez Palomino deberá responder ante la justicia como presunto autor de los delitos de falseamiento de información sobre aportaciones, ingresos y gastos de organizaciones políticas, así como por el delito de falsa declaración en procedimientos administrativos.

La estrategia legal de Roberto Sánchez Palomino se centró en la interposición de un recurso de nulidad. A través de este instrumento, la defensa técnica buscaba retrotraer el proceso judicial hasta la etapa de control de acusación. El argumento central de la defensa era la existencia de un supuesto vicio procesal atribuido al juez Adolfo Farfán, titular del 33 Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima. No obstante, tras el análisis del magistrado, dicho cuestionamiento fue declarado infundado.

En la resolución judicial, el juez Farfán Calderón detalló que el recurso de nulidad fue formulado contra el Auto de Enjuiciamiento contenido en la Resolución N.° 53. Este documento es el que dispone la conclusión de la etapa intermedia y la remisión de los actuados al órgano jurisdiccional competente para iniciar el juzgamiento. La defensa de Sánchez Palomino sostuvo que este auto incurrió en una "motivación inexistente", específicamente en lo que respecta a la admisión de la totalidad de los medios probatorios que fueron ofrecidos por el Ministerio Público.

Asimismo, la defensa cuestionó el orden en el que fueron analizados los recursos planteados durante la etapa de control. Según la postura del acusado, este orden procedimental habría lesionado el debido proceso y vulnerado su derecho a la defensa. Sin embargo, el magistrado Farfán Calderón desestimó estas alegaciones, remarcando que durante la audiencia de control de acusación, todas las partes formularon sus observaciones y expusieron las razones que sustentaban sus posiciones sobre los medios probatorios.

El juez fue enfático al señalar que la finalidad de la etapa intermedia no consiste en realizar un juicio anticipado sobre el mérito de la prueba, sino en verificar su pertinencia, utilidad y conducencia para los fines del juicio oral. En ese sentido, consideró que una discrepancia del acusado respecto al criterio jurisdiccional adoptado para admitir pruebas no acredita la existencia de una motivación inexistente, aparente o arbitraria que justifique una nulidad.

Respecto al orden del control de acusación, el magistrado indicó que la defensa no precisó de manera objetiva cuál fue el menoscabo concreto sufrido. Farfán Calderón subrayó que en ningún momento se impidió al acusado formular observaciones, plantear incidencias, solicitar exclusiones probatorias, ofrecer pruebas o interponer los recursos previstos por ley. El juez advirtió que aceptar la nulidad basándose en tales cuestionamientos implicaría desnaturalizar la etapa intermedia y convertir el recurso en un mecanismo indirecto de revisión del criterio jurisdiccional, algo no contemplado en el ordenamiento procesal. En conclusión, el juez determinó que no se configuró ninguno de los supuestos de nulidad absoluta previstos en el artículo 150 del Código Procesal Penal.

Paralelamente, Roberto Sánchez Palomino apeló la resolución que declaró infundados sus recursos de excepción de prescripción, de naturaleza de acción y de cosa juzgada. Sobre este punto, el magistrado concedió la apelación, pero aclaró que se hace sin efecto devolutivo y no suspensivo. Esto significa que, mientras la instancia superior resuelve estos cuestionamientos, el expediente principal será remitido al tribunal de juzgamiento para iniciar el juicio oral.

Finalmente, el proceso contra Sánchez Palomino se centra en dos ejes principales: la presunta falsa declaración en el procedimiento administrativo sobre aportes consignados ante la Onpe en julio de 2019, y el falseamiento de información sobre ingresos y gastos en el informe financiero de 2019 y 2020, incluyendo el registro de aportes de gastos de campaña para las Elecciones Congresales del año 2020.

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