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Caso menor fallecido en Huacho: Policía será juzgado por el fuero civil y no el militar

El director general de la Defensoría de la Policía Nacional, Máximo Ramírez, indicó que la investigación no puede regirse bajo esta norma debido a que el hecho ocurrió el pasado domingo y la ley recién entrará en vigencia este martes 21 de julio.

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Caso menor fallecido en Huacho: Policía será juzgado por el fuero civil y no el militar
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El suboficial de la Policía Nacional Luis Nazario Chumbes será procesado por el fuero civil y no por la jurisdicción militar tras causar la muerte de un menor en Huacho. La Defensoría de la PNP aclaró que la nueva ley que excluye a los agentes de la justicia ordinaria entrará en vigor el 21 de julio, por lo que no puede aplicarse retroactivamente a este caso. El hecho ocurrió durante la intervención de un mototaxi, donde el agente efectuó un disparo que terminó en tragedia. El director de la Defensoría calificó el accionar del suboficial como un error grave, subrayando que no debió utilizar un arma de fuego para disuadir, sino herramientas no letales como el bastón tonfa.

El proceso judicial contra el suboficial de la Policía Nacional, Luis Nazario Chumbes, quien se encuentra bajo investigación por la muerte de un menor de edad causada por un impacto de bala, ha tenido una definición determinante respecto a la jurisdicción que llevará el caso. Se ha confirmado que el efectivo policial será procesado por el fuero civil y no por el fuero militar-policial, marcando el camino legal que seguirá esta investigación tras los hechos ocurridos en Huacho.

Esta determinación fue comunicada por Máximo Ramírez, director general de la Defensoría de la Policía Nacional, durante su intervención en el programa "Prueba de fuego" de RPP. Ramírez fue enfático al señalar que la presente investigación no puede enmarcarse dentro de la reciente ley promulgada por el Parlamento, la cual busca excluir a los efectivos policiales y militares de la justicia ordinaria para que sus procesos sean gestionados internamente en los fueros de sus propias instituciones.

El punto central de esta decisión radica en la vigencia temporal de la norma. Según explicó el director de la Defensoría, la ley que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal entrará en vigor recién el día siguiente de su promulgación, fijándose el martes 21 de julio como la fecha de inicio de su aplicación. Dado que el caso contra el suboficial Nazario Chumbes comenzó a investigarse desde el pasado domingo, momento en que ocurrieron los hechos, la normativa vigente en ese instante es la que debe prevalecer.

Ramírez sostuvo que es fundamental respetar la aplicación de la ley en el tiempo. En este sentido, subrayó que, al momento de cometerse el presunto delito, el Código Penal actual era el único vigente, y por lo tanto, la investigación debe continuar bajo la legislación común. Al no ser una norma retroactiva, la nueva ley no puede aplicarse a favor del suboficial investigado en este caso específico.

Para brindar contexto sobre la normativa en cuestión, el texto promulgado establece una prohibición explícita para que cualquier efectivo militar o policial sea procesado de manera simultánea en la justicia ordinaria y en la militar policial cuando se trate de los mismos sujetos y los mismos hechos. Además, la norma estipula que, ante un posible conflicto de competencia, la Sala Penal de la Corte Suprema deberá dar preferencia a la jurisdicción militar policial, siempre y cuando se haya comprobado que los actos se realizaron en cumplimiento de funciones o acciones militares.

En cuanto a los hechos que originaron el proceso, el director de la Defensoría de la PNP detalló que la intervención policial se produjo mientras un efectivo intentaba reducir al conductor de una mototaxi. En dicho vehículo viajaban la víctima, su madre y una tercera mujer. El conductor del vehículo menor opuso resistencia a la intervención policial, lo que motivó que el suboficial Nazario Chumbes descendiera de su patrulla para brindar apoyo a su compañero. Fue en ese momento cuando el efectivo extrajo su arma de reglamento y efectuó un disparo que, según su versión, tenía como objetivo ser un disparo disuasivo al aire.

Sin embargo, Máximo Ramírez fue crítico respecto al proceder del suboficial. Al ser consultado sobre la pertinencia de utilizar el arma de fuego en esa situación, afirmó que el agente no debió proceder de esa manera. Ramírez recordó que la ley 1186 otorga a los agentes policiales diversas herramientas para enfrentar este tipo de situaciones, destacando el uso del bastón tonfa como la opción adecuada para contrarrestar un ataque o resistencia sin recurrir a armas letales.

El director de la Defensoría enfatizó que las circunstancias del evento no ameritaban el uso del arma, señalando que el suboficial cometió un error grave al intentar "disuadir" mediante un disparo, considerando que el resultado fue la pérdida de la vida de una persona. "Mal hizo el suboficial en sacar el arma para disuadir, porque mira lo que ocurrió", sentenció Ramírez.

Finalmente, el caso cuenta con el testimonio de la madre del menor fallecido. Según su relato, regresaba a su hogar tras haber visitado una feria en Huaral junto a su hijo y una amiga. Durante el trayecto en mototaxi, el conductor advirtió la presencia de un operativo policial e intentó huir, pero perdió el control del vehículo y terminó volcándose cerca de un colegio. En el lugar, se produjo el altercado con los agentes que culminó con el disparo del suboficial. La tragedia quedó registrada en una grabación captada por un testigo, donde se observa el momento exacto en que el menor cae al piso tras ser impactado por la bala.