El Poder Ejecutivo ha formalizado la implementación de un nuevo marco normativo destinado a regular el manejo de sustancias químicas en el territorio nacional. A través de la publicación del Decreto Supremo N.° 117-2026-EF, el Gobierno ha aprobado el Reglamento de la Ley N.° 32412, una norma diseñada específicamente para establecer medidas estrictas de control y fiscalización sobre diversos insumos químicos.
Esta disposición legal, que fue publicada oficialmente el 26 de junio de 2026, surge como una herramienta administrativa para operativizar los mandatos establecidos en la Ley N.° 32412. El objetivo central de este reglamento es supervisar el flujo de insumos químicos que, por sus propiedades y usos, son susceptibles de ser empleados tanto en el desarrollo de actividades mineras formales como en aquellas vinculadas a la minería ilegal.
El alcance de la normativa es amplio y abarca tres etapas críticas de la cadena de suministro. En primer lugar, el reglamento pone el foco en la distribución de estos insumos, asegurando que el movimiento de las sustancias desde los centros de acopio o producción hacia los puntos de venta esté debidamente monitoreado. En segundo lugar, se establecen controles rigurosos sobre el transporte de dichos químicos, buscando evitar desvíos o usos no autorizados durante su traslado por el territorio. Finalmente, la norma regula la comercialización, supervisando la venta final de estos productos para garantizar que lleguen a destinos legítimos.
La distinción entre la minería formal y la minería ilegal es un eje fundamental de este Decreto Supremo. El Poder Ejecutivo reconoce que los mismos insumos químicos son necesarios para la industria minera legalmente constituida, pero que también son herramientas clave para quienes operan al margen de la ley. Por esta razón, el Reglamento de la Ley N.° 32412 busca crear un sistema de fiscalización que permita diferenciar y validar el uso de estas sustancias, evitando que los insumos destinados a la actividad formal terminen alimentando las redes de minería ilegal.
Ante la entrada en vigencia de estas medidas, se ha hecho un llamado directo a todos los agentes económicos que participen en el sector. Específicamente, aquellas personas naturales o jurídicas que se dediquen al transporte o a la comercialización de insumos químicos deben realizar un proceso de verificación inmediata. El propósito de esta acción es determinar si sus actividades actuales caen dentro del ámbito de aplicación de los nuevos controles y, en consecuencia, si deben cumplir con las obligaciones administrativas y operativas impuestas por el Decreto Supremo N.° 117-2026-EF.
La fiscalización establecida por el reglamento no se limita a una sola fase, sino que pretende ser un sistema integral. Al controlar la distribución, el transporte y la comercialización, el Estado busca cerrar las brechas que permiten el flujo de insumos químicos hacia actividades ilícitas. Esta estrategia de control y fiscalización es la respuesta normativa para mitigar el impacto de la minería ilegal, sin afectar la operatividad de las empresas mineras que cumplen con los marcos legales vigentes.
En resumen, la publicación del 26 de junio de 2026 marca el inicio de una etapa de mayor vigilancia sobre los insumos químicos. El cumplimiento de la Ley N.° 32412, ahora detallada a través de su reglamento, es imperativo para todos los actores de la cadena logística de estos productos. La verificación de las responsabilidades normativas es el paso crítico para evitar sanciones y asegurar que el comercio de estos insumos se mantenga dentro de la legalidad, apoyando la minería formal y combatiendo la informalidad e ilegalidad en el sector extractivo.


