El Pleno del Congreso de la República aprobó este miércoles, en primera votación, una iniciativa legislativa que dispone la homologación de los ingresos de los miembros titulares de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) con las remuneraciones percibidas por los jueces supremos de la Corte Suprema de Justicia. Esta medida busca equiparar las compensaciones económicas de los integrantes del organismo encargado de nombrar y ratificar a los magistrados del país.
La aprobación de este dictamen se alcanzó mediante una votación en la que predominó el respaldo a la medida, registrando un total de 68 votos a favor, 19 votos en contra y 10 abstenciones. Con este resultado, la norma avanza en su proceso legislativo, quedando pendiente ahora la segunda votación para su ratificación final.
El sustento legal de esta disposición se encuentra fundamentado estrictamente en el marco normativo vigente, específicamente en lo establecido por el artículo 156 de la Constitución Política del Perú. Según el texto constitucional, los miembros de la Junta Nacional de Justicia gozan de los mismos beneficios y derechos, y asimismo están sujetos a las mismas obligaciones e incompatibilidades que los jueces supremos. Bajo esta premisa, la ley aprobada busca materializar dicha igualdad de derechos en el ámbito remunerativo.
La iniciativa legislativa establece que los integrantes titulares de la JNJ deberán recibir ingresos equivalentes, por todo concepto, a aquellos que corresponden a los jueces de la Corte Suprema de Justicia. Para que esta medida se haga efectiva, el proceso requiere de un paso administrativo posterior: la emisión de un decreto supremo. Dicho decreto deberá contar con el refrendo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), basándose en una propuesta técnica que deberá ser formulada por la propia Junta Nacional de Justicia.
Este mecanismo administrativo tiene como objetivo no solo actualizar el monto básico de la compensación económica, sino también integrar diversos conceptos adicionales. Entre estos se incluyen asignaciones o bonificaciones específicas que permitan asegurar una paridad real y efectiva entre ambos cargos, evitando que existan diferencias en los beneficios complementarios.
En cuanto al impacto financiero, la norma aprobada es explícita al señalar que la implementación de esta homologación no representará un gasto adicional para el tesoro público. El financiamiento de este incremento se realizará íntegramente con el presupuesto institucional ya asignado a la Junta Nacional de Justicia. Para lograrlo, se ejecutarán modificaciones presupuestarias internas dentro de la entidad, asegurando que los recursos se redistribuyan sin demandar nuevas partidas presupuestales al Estado.
Para dimensionar la brecha salarial que se pretende eliminar, los datos actuales indican que los jueces supremos perciben una remuneración de S/ 42,717.20. Por su parte, los miembros titulares de la JNJ perciben actualmente un monto de S/ 35,017.00. Con la aplicación de esta nueva ley, se eliminaría una diferencia económica de S/ 7,700.20 entre ambos niveles de magistratura.
Además de la homologación para los miembros titulares, la norma aprobada incluye una disposición complementaria orientada al personal administrativo de la entidad. Se ha autorizado la actualización de la escala remunerativa para aquellos servidores de la Junta Nacional de Justicia que se encuentran sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo.
Para concretar este ajuste salarial de los trabajadores, el Congreso ha establecido un plazo máximo de 60 días calendario. En este periodo, el Ministerio de Economía y Finanzas deberá realizar el estudio técnico correspondiente que sustente la actualización de la escala remunerativa para el personal bajo el régimen mencionado.
En resumen, el proyecto aprobado en primera votación busca alinear la realidad económica de la JNJ con los mandatos constitucionales, extendiendo los beneficios salariales a sus titulares y proyectando una mejora en las condiciones remunerativas de sus servidores administrativos, todo ello bajo un esquema de autofinanciamiento institucional.


