Chile ha dado un paso significativo hacia la estandarización tecnológica en el país. El Ministerio de Economía ha publicado en el Diario Oficial el reglamento definitivo que establece el puerto USB Tipo C como el estándar único y obligatorio para una amplia gama de dispositivos electrónicos. Esta medida, respaldada por la Ley N° 21.695, busca simplificar la vida de los consumidores y reducir el impacto ambiental derivado del uso de tecnología.
El objetivo central de esta normativa es combatir la proliferación de cables incompatibles que suelen acumularse en los hogares, eliminando la necesidad de poseer múltiples cargadores para distintos aparatos. Al adoptar un estándar universal, se pretende reducir la generación de residuos electrónicos, siguiendo un modelo ya implementado en la Unión Europea. Además, la ley busca proteger la economía de los usuarios, evitando que deban invertir en nuevos accesorios cada vez que renuevan un aparato tecnológico o adquieren un equipo de una marca diferente.
La implementación de esta obligatoriedad no será inmediata, sino que se llevará a cabo de manera gradual para permitir que la industria y los importadores se adapten a los nuevos requerimientos técnicos. El reglamento divide los dispositivos afectados en dos grupos principales, basándose en su complejidad técnica y volumen de mercado.
El primer grupo, compuesto por los teléfonos celulares, tiene la fecha límite más próxima. A partir de octubre de 2026, todos los teléfonos móviles nuevos que se comercialicen en el territorio nacional deberán contar obligatoriamente con el puerto USB Tipo C. Esto implica que cualquier equipo que ingrese al mercado chileno después de esa fecha deberá cumplir con esta especificación técnica para poder ser vendido legalmente en el país.
El segundo grupo comprende una lista más extensa de dispositivos electrónicos. Para estos, el plazo de adecuación se extiende hasta octubre de 2028. En total, son diez categorías de productos nuevos que deberán integrar el puerto USB-C. Entre ellos se encuentran los computadores portátiles (notebooks), las tablets y las cámaras digitales. Asimismo, la norma alcanzará a los audífonos, las consolas de videojuegos portátiles y los parlantes portátiles.
La lista de dispositivos obligados a cambiar su puerto de carga se completa con los lectores de libros electrónicos (e-readers), los teclados, los mouse y los sistemas de navegación portátil. Con esta medida, el país busca que la gran mayoría de los dispositivos electrónicos comunes utilicen una misma interfaz de conexión y carga.
Es fundamental aclarar que esta normativa regula exclusivamente la comercialización de equipos nuevos. Por lo tanto, los usuarios no necesitan desechar sus cables actuales ni reemplazar sus dispositivos vigentes. Los cargadores y cables que ya se encuentran en los hogares seguirán funcionando normalmente, ya que la ley se aplica estrictamente a los importadores y comercios que vendan productos a partir de las fechas señaladas.
Otro aspecto relevante del reglamento es la exigencia de transparencia en la información entregada al consumidor. Para evitar la incertidumbre habitual al comprar un dispositivo —como descubrir que el producto no incluye el adaptador de corriente o "cubo" de carga—, el reglamento establece un rotulado obligatorio. Las empresas deberán informar de manera clara y visible en la caja del producto si este incluye o no el cargador.
Esta información deberá presentarse mediante etiquetas y pictogramas fáciles de comprender para el usuario. Además, el empaque debe especificar detalladamente la potencia del cargador y si el dispositivo cuenta con compatibilidad con tecnologías de carga rápida, asegurando que el comprador tenga conocimiento total de las características del producto antes de realizar la compra.
La fiscalización de este proceso estará bajo la responsabilidad del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). A partir de octubre de 2026, el organismo estará facultado para supervisar que los comercios no vendan teléfonos celulares nuevos con puertos de carga antiguos o incompatibles con el estándar USB-C. El Sernac será el ente encargado de recibir los reclamos de los usuarios y evaluar el cumplimiento de la normativa por parte de las marcas y tiendas.
Finalmente, el reglamento prevé un mecanismo de actualización constante. El Sernac evaluará cada dos años la lista de dispositivos obligados, determinando si es necesario incorporar nuevos aparatos tecnológicos a la normativa para mantener la vigencia del estándar universal y continuar reduciendo la huella electrónica en el país.


