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Corte Suprema busca revertir absoluciones de jueces que viajaron al extranjero con licencia médica

El pleno del máximo tribunal definió que el examen de los procesos disciplinarios se hará revisando que se haya aplicado correctamente el plazo de prescripción de cinco años. Esto implicará que los supremos podrían aplicar la superintendencia correccional en todos los casos en que los magistrados zafaron por calcular la prescripción con dos años, tal como ocurrió en la Corte de Santiago.

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Corte Suprema busca revertir absoluciones de jueces que viajaron al extranjero con licencia médica
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La Corte Suprema inició una revisión masiva de los sumarios de 104 jueces que viajaron al extranjero durante licencias médicas, incluyendo casos ya cerrados o absueltos. El conflicto radica en el plazo de prescripción: mientras que las cortes inferiores aplicaron un límite de dos años, el máximo tribunal sostiene que se deben aplicar cinco años al calificar estos hechos como un delito de fraude de subvenciones. A través de su superintendencia correctiva, la Suprema podría anular absoluciones previas y abrir procesos de remoción para destituir a los implicados. Esta medida pone en riesgo el futuro profesional de magistrados emblemáticos como Karen Atala y Daniel Urrutia, generando un terremoto administrativo y judicial sin precedentes.

El Poder Judicial se encuentra en medio de una intensa disputa técnica y administrativa luego de que la Corte Suprema decidiera revisar la totalidad de los sumarios administrativos de los jueces que hicieron viajes al exterior mientras se encontraban haciendo uso de licencias médicas. Esta medida incluye incluso aquellos procesos que ya habían sido cerrados, sobreseídos o que terminaron en absoluciones, y en los cuales no existieron apelaciones previas.

El centro del debate jurídico gira en torno a la garantía procesal conocida como "non reformatio in peius". Este antiguo aforismo judicial establece que un tribunal superior, en este caso la Corte Suprema, no puede empeorar la situación de una persona que ha sido sancionada por una falta y que ha recurrido a la apelación. En términos prácticos, esto significa que el máximo tribunal no tendría la facultad de elevar las sanciones ya impuestas por las cortes inferiores al resolver los sumarios.

En el escenario actual, la gran mayoría de los magistrados involucrados lograron evitar sanciones por faltas a la probidad relacionadas con sus viajes durante periodos de licencia médica. Ante esta situación, la Corte Suprema se propuso revisar los casos para tomar definiciones claras, aunque inicialmente se encontró con limitaciones legales. El universo total de los implicados es de 104 jueces, pero de esa cifra, solo 17 procesos cuentan con apelaciones formales. Esto plantea la interrogante sobre cómo proceder con el resto de los magistrados cuyos sumarios ya fueron cerrados sin castigo.

Para solventar este vacío, el pleno de la Suprema está evaluando la aplicación de la facultad otorgada por el artículo 80 de la Constitución. Esta norma permite al máximo tribunal, a través de su superintendencia correctiva, revisar el comportamiento de un juez y abrir, de manera adicional al sumario ya realizado, un cuaderno de remoción. No obstante, el uso de esta herramienta técnica chocaba con la dificultad de sancionar faltas que ya habían sido declaradas como absueltas.

La respuesta a este dilema llegó el pasado martes en una sesión a puertas cerradas. Los ministros de la Corte Suprema confirmaron una definición que coloca a los jueces en una posición vulnerable. A pesar de que anteriormente se había definido un plazo de prescripción al instruir a las cortes de apelaciones para abrir los sumarios, el pleno volvió a ratificar este criterio.

La Corte Suprema determinó que, al momento de revisar los sumarios que fueron absueltos o sobreseídos, analizará si se aplicó correctamente el plazo de prescripción de la falta administrativa, el cual quedó fijado en cinco años. Este criterio es fundamental, ya que diversas cortes de apelaciones ignoraron el marco entregado por el máximo tribunal y aplicaron sus propios plazos de prescripción al momento de resolver las sanciones.

Según el acta 108 de la Suprema, que regula la responsabilidad disciplinaria de los jueces, las faltas administrativas prescriben generalmente en dos años. Sin embargo, existe una excepción cuando la conducta constituye un crimen o simple delito. La Corte Suprema argumentó que el mal uso de licencias médicas podría constituir un delito de fraude de subvenciones, el cual es calificado como un simple delito con un plazo de prescripción de cinco años. Por esta razón, se estableció dicho plazo para juzgar el actuar de los magistrados.

Esta postura generará una presión considerable sobre la jurisdicción de Santiago. En dicha instancia, la fiscal judicial Macarena Troncoso había formulado cargos y propuesto sanciones severas siguiendo la doctrina de los cinco años. Sin embargo, el pleno de la Corte de Santiago se apartó de ese criterio y decidió que el plazo de prescripción sería la regla general de dos años establecida en el acta 108. Esta decisión fue tomada a pesar de que el Estatuto Administrativo, que rige a los funcionarios públicos, fija una norma general de cuatro años y coincide en que, si hay hechos constitutivos de delito, la acción disciplinaria prescribe junto con la acción penal.

Un ejemplo concreto de esta discrepancia es el caso del juez Daniel Urrutia. Su primer viaje con licencia, realizado a Costa Rica, estaba prescrito incluso bajo el criterio de cinco años. No obstante, respecto a su segundo viaje a Ecuador, el pleno de la Corte de Santiago optó por absolverlo en una votación estrecha, argumentando que la falta ya había prescrito al haber transcurrido más de dos años desde el hecho.

El próximo lunes, cuando el pleno de la Suprema notifique el acuerdo de las 17 apelaciones revisadas, comenzará el análisis de los sumarios absueltos o sobreseídos. En este proceso, el tribunal podrá identificar a todos los jueces que quedaron libres basándose en el plazo de dos años en lugar de los cinco exigidos. De confirmarse esto, la Corte Suprema podría ejercer su poder para reponer los cargos levantados por los fiscales judiciales, modificar las sanciones e instruir la apertura de nuevos cuadernos de remoción mediante la superintendencia correccional.

De concretarse estas acciones, el Poder Judicial enfrentaría un movimiento interno significativo, ya que se decidiría el futuro profesional de jueces emblemáticos como Karen Atala y Daniel Urrutia, además de poner el foco sobre otras situaciones, como la del juez Daniel Illanes, quien ha mantenido licencias médicas durante varios meses.

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