Desde el pasado viernes 5 de junio ha entrado en vigor una nueva disposición legal que faculta a las autoridades competentes para llevar a cabo allanamientos con el objetivo específico de capturar a personas que se encuentran requeridas con fines de extradición. Esta medida representa un cambio en los procedimientos operativos de las fuerzas de seguridad y la administración de justicia en el país.
La norma fue formalizada mediante su publicación en el diario oficial La Gaceta el mismo viernes 5 de junio. El documento contó con la orden de “publíquese y ejecútese”, la cual fue firmada por la presidenta de la República, Laura Fernández, dando así validez legal y ejecutoria inmediata a la nueva legislación.
El camino legislativo de este proyecto inició con una propuesta presentada por el exdiputado Horacio Alvarado. Dicha iniciativa surgió a raíz de una solicitud formal realizada por quien fuera el director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), Randall Zúñiga. Tras el proceso de análisis y discusión, el proyecto fue aprobado en segundo debate el pasado 14 de abril por la Asamblea Legislativa. Cabe destacar que, en el primer debate, la propuesta fue respaldada por 41 votos, provenientes de una coalición conformada por el oficialismo, el partido Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana.
En términos técnicos, la reforma introduce la incorporación del artículo 7 bis a la Ley de Extradición. Este nuevo articulado es el que otorga la base legal para que las autoridades puedan solicitar el ingreso a inmuebles privados para detener a personas sujetas a procesos de extradición. No obstante, la ley es clara al señalar que esta facultad no es discrecional, sino que debe contar siempre con la debida autorización judicial, siguiendo el mismo rigor procesal que se aplica a cualquier otra diligencia de allanamiento.
Según el texto del nuevo artículo 7 bis, el procedimiento se activará cuando exista una solicitud de extradición debidamente presentada por el Estado requirente. Además, es requisito indispensable que existan motivos fundados para presumir que la persona que debe ser extraditada se encuentra en un lugar determinado. Una vez cumplidas estas condiciones, y previa solicitud del Ministerio Público o de la Procuraduría General de la República, la persona juzgadora encargada del proceso de extradición tendrá la potestad de autorizar el allanamiento del inmueble con el fin de hacer efectiva la aprehensión del individuo.
Un aspecto relevante de la normativa es la flexibilidad horaria y calendarial para su ejecución. La ley establece que estos allanamientos podrán llevarse a cabo cualquier día de la semana y en cualquier horario, incluyendo los días feriados, lo que permite a las autoridades actuar con mayor rapidez según la urgencia del caso.
Sobre el impacto operativo de esta ley, Michael Soto, director interino del OIJ, detalló la problemática que enfrentaban las autoridades anteriormente. Según Soto, antes de la vigencia de esta norma, los agentes del OIJ se veían obligados a esperar a que la persona requerida abandonara voluntariamente el inmueble para poder proceder con su captura.
Soto recordó que, en ocasiones previas, a pesar de tener ubicada a una persona extraditable, ya fuera nacional o extranjera, el cuerpo policial no podía solicitar allanamientos. Esto obligaba a las autoridades a mantener labores de vigilancia prolongadas, esperando el momento en que el sujeto saliera del recinto para ejecutar la detención.
Con la entrada en vigor de esta legislación, el procedimiento cambia significativamente. Ahora, mientras se realizan las labores de vigilancia y se confirma la ubicación del sujeto, las autoridades podrán solicitar la autorización judicial correspondiente para ingresar al inmueble y realizar la detención de manera inmediata.
El director interino del OIJ enfatizó que estas solicitudes de allanamiento no se realizarán de forma indiscriminada, sino que se plantearán únicamente en aquellos casos donde exista una certeza clara de que la persona requerida se encuentra físicamente en el lugar. Finalmente, el jerarca judicial expresó su agradecimiento a la anterior Asamblea Legislativa por la aprobación de esta herramienta procesal.


