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Rodrigo Paz deroga ley de estados de excepción en medio de crisis y bloqueos en Bolivia

El Ejecutivo está facultado para implementar una medida de excepción, pero la Constitución Política del Estado señala que debe ser aprobada por la Asamblea Legislativa.

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Rodrigo Paz deroga ley de estados de excepción en medio de crisis y bloqueos en Bolivia
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El presidente de Bolivia, Rodrigo Paz, promulgó la Ley 1732 para anular la normativa que regulaba los estados de excepción, eliminando así las restricciones temporales y legales que limitaban su capacidad de mando. Esta medida, respaldada por la Asamblea Legislativa, busca otorgar mayor libertad al Ejecutivo para gestionar crisis internas sin las trabas impuestas por la ley anterior. La decisión ocurre en un momento crítico, mientras el país enfrenta su cuarta semana de bloqueos de carreteras y protestas masivas que exigen la renuncia del mandatario. Ante el desabastecimiento y la violencia en diversas regiones, analistas sugieren que esta maniobra legal es el paso previo a la declaratoria de un estado de excepción para retomar el control del territorio.

El presidente de Bolivia, Rodrigo Paz, ha promulgado la abrogación de la ley que regulaba los estados de excepción en el país. Esta decisión ocurre luego de que ambas cámaras de la Asamblea Legislativa aprobaran la medida, permitiendo que el mandatario firmara la anulación de la Ley 1341. El anuncio se produce en un contexto crítico, coincidiendo con el inicio de la cuarta semana de bloqueos de carreteras que afectan diversas regiones del territorio nacional.

La nueva normativa, denominada Ley 1732, ya se encuentra plenamente vigente tras su publicación en la Gaceta Oficial. Este instrumento legal consta de un artículo único cuyo objetivo exclusivo es la abrogación de la anterior Ley 1341. Dicha norma había sido promulgada el 23 de julio de 2020 por la exsenadora Eva Copa, en un periodo marcado por intensas protestas sociales que exigían la celebración de elecciones durante el mandato interino de Jeanine Añez.

La Ley 1341 imponía restricciones significativas a la implementación de los estados de excepción. Entre sus disposiciones, establecía un límite temporal de 60 días para estas medidas y prohibía la declaratoria de un nuevo estado de excepción sin contar con la autorización previa de la Asamblea Legislativa. Asimismo, la ley limitaba las sanciones por el incumplimiento de dichas medidas, fijando multas que no podían exceder el 10% del salario mínimo, y eliminaba cualquier disposición que exonerara de responsabilidad a los servidores públicos durante la ejecución de un estado de excepción.

Adicionalmente, la normativa de 2020 otorgaba a la Asamblea Legislativa la facultad de modificar, rechazar o dar por terminada la medida en cualquier momento de su vigencia. Estas atribuciones fueron consideradas por sectores del Gobierno como inconstitucionales y restrictivas frente a las competencias inherentes al cargo presidencial. Al respecto, el presidente del Senado, Diego Ávila, aliado del presidente Paz, justificó la derogación señalando que la ley ponía demasiadas limitaciones para lograr la pacificación del país y el entendimiento entre los ciudadanos.

Desde la perspectiva constitucional, la Constitución Política del Estado define que la declaratoria de un estado de excepción es una atribución exclusiva del Gobierno. La Carta Magna establece lineamientos básicos, como la prohibición de suspender derechos fundamentales y la restricción de dictar más de una medida de este tipo en el mismo año. No obstante, la Constitución también exige la existencia de una ley que regule estos estados y estipula que la vigencia de su declaración depende de la aprobación posterior de la Asamblea Legislativa en un plazo máximo de 72 horas.

El abogado constitucionalista José Luis Santistevan explicó que la Asamblea debe analizar y ratificar, o bien dejar sin efecto, la vigencia de la medida dentro de ese margen de 72 horas. Santistevan señaló que, aunque la Asamblea debe dictar una nueva ley reguladora en los próximos días, esta debe estar en sintonía con el texto constitucional para no "destruir" el estado de excepción ni coartar la atribución del presidente para ejercerla y dejarla sin efecto. En este sentido, el senador Ávila sostuvo que la facultad presidencial existe independientemente de la ley.

Esta movida legal se desarrolla en un escenario de alta conflictividad. Bolivia atraviesa su cuarta semana de bloqueos de carreteras, impulsados por sectores que exigen la renuncia del presidente Rodrigo Paz tras más de un mes de protestas sectoriales. Las medidas de presión son coordinadas desde diversos frentes, incluyendo a campesinos del altiplano, la Central Obrera Boliviana (COB) y seguidores del expresidente Evo Morales, extendiéndose la movilización a seis de los nueve departamentos del país. El reclamo central, según manifestantes y analistas, es la falta de inclusión de la clase trabajadora y los campesinos indígenas en el Gobierno.

El Gobierno ha respondido convocando a espacios de diálogo para sectores con demandas específicas, pero ha sido enfático en descartar cualquier negociación respecto a la renuncia del primer mandatario. Como estrategia de inclusión, la administración de Paz creó el Consejo Económico y Social, un organismo de carácter consultivo que tuvo su primera convocatoria este miércoles.

La situación en la sede de Gobierno es delicada, encontrándose cercada por los bloqueos durante tres semanas, lo que ha provocado desabastecimiento de combustible y alimentos, además de episodios de violencia. El analista político Carlos Saavedra advirtió que el diálogo parece estar desgastado y que el escenario actual sugiere la preparación de un estado de excepción. Según Saavedra, esto implicaría que la disputa se traslade de los espacios políticos a un enfrentamiento directo entre los movilizados y las fuerzas del Estado, subrayando que la gobernabilidad dependerá de la capacidad del Gobierno para establecer pactos en diversos niveles.

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