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Jornada Laboral 42 Horas: ¿Beneficio Total o Dolor de Cabeza Empresarial?

Jornada Laboral 42 Horas: ¿Beneficio Total o Dolor de Cabeza Empresarial?
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La reducción de la jornada laboral a 42 horas, iniciada el pasado 26 de abril como paso previo a las 40 horas, ha generado un debate entre trabajadores y empleadores. La ley, que se implementará gradualmente hasta 2028, busca mejorar la calidad de vida de los empleados, pero algunas empresas ya reportan dificultades para adaptarse a la nueva normativa.

Esta nueva etapa, que disminuye la carga horaria semanal de 45 a 42 horas, continúa con el proceso iniciado previamente con la reducción a 44 horas. La ley (21.561) establece una gradualidad en su aplicación, con cambios programados para 2024, 2026 y 2028. Mientras que muchos trabajadores celebran la posibilidad de disponer de más tiempo libre, algunas empresas expresan preocupación por la flexibilidad limitada del marco legal.

La ley se aplica a los trabajadores regidos por el Código del Trabajo, incluyendo a las trabajadoras de casa particulares puertas afuera. Sin embargo, excluye a aquellos que prestan servicios a honorarios sin subordinación y a los funcionarios públicos sujetos a estatutos especiales, quienes conservan una jornada de 44 horas. Además, la normativa establece excepciones para gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y aquellos que trabajan sin fiscalización superior inmediata debido a la naturaleza de sus labores.

La adaptación de la jornada laboral diaria debe realizarse de común acuerdo entre empleador y empleado, o a través de las organizaciones sindicales en representación de sus afiliados. En caso de no llegar a un acuerdo, el empleador deberá aplicar los criterios fijados por la Dirección del Trabajo. Según el dictamen vigente, en jornadas distribuidas en cinco días, se deberá reducir una hora al final de dos días distintos de la semana. En jornadas de seis días, la disminución considera 50 minutos en dos días y 20 minutos en un tercer día.

Una de las ventajas de la ley es que permite a las empresas que ya operan o acuerden una jornada de 40 horas distribuirla en cuatro días, fomentando esquemas laborales más flexibles. No obstante, la ley enfatiza que la reducción de la jornada no puede implicar una disminución en las remuneraciones de los trabajadores. Si la colación es imputable a la jornada laboral, no puede modificarse sin el consentimiento de ambas partes.

La situación de los trabajadores que emiten boletas de honorarios es particularmente compleja. Aunque la ley formalmente solo aplica a los trabajadores regidos por el Código del Trabajo, muchos profesionales que operan bajo esta modalidad reciben órdenes directas y desempeñan funciones permanentes dentro de una empresa o institución.

Camila Cárdenas, directora del área de Litigación y socia de SoyHonorario, explicó que, a pesar de emitir boletas de honorarios, aquellos que demuestren subordinación y dependencia laboral (como tener jefe, horario y obligaciones permanentes) podrían tener derecho a la reducción de jornada. En estos casos, el trabajador podría solicitar el reconocimiento de una relación laboral, lo que le permitiría acceder a derechos como vacaciones pagadas, cotizaciones previsionales, indemnizaciones y límites de jornada.

ChileAtiende aclara que la Ley de 40 Horas reduce el número de trabajos que pueden quedar excluidos del límite de la jornada bajo el artículo 22 del Código del Trabajo. Actualmente, solo quedan afectos a esta condición aquellos que ejercen cargos de alta gerencia o no están sujetos a una fiscalización superior inmediata debido a la naturaleza de sus funciones.

La implementación de esta ley representa un cambio significativo en el panorama laboral chileno. Si bien busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores, es crucial que empleadores y empleados trabajen en conjunto para encontrar soluciones que permitan una transición exitosa y evitar complicaciones innecesarias. La Dirección del Trabajo juega un papel fundamental en este proceso, proporcionando orientación y mediación para asegurar el cumplimiento de la normativa y proteger los derechos de todos los involucrados.

El debate sobre la jornada laboral continúa abierto, y es probable que en los próximos años se realicen ajustes y modificaciones a la ley para adaptarla a las necesidades cambiantes del mercado laboral y garantizar un equilibrio justo entre los derechos de los trabajadores y la viabilidad de las empresas. La clave para el éxito de esta iniciativa radica en la colaboración, la flexibilidad y el compromiso de todas las partes interesadas.

La gradualidad de la implementación, con etapas en 2024, 2026 y 2028, busca permitir a las empresas adaptarse de manera progresiva a los nuevos requerimientos. Sin embargo, algunas organizaciones empresariales han expresado su preocupación por la falta de claridad en ciertos aspectos de la ley y la posible carga administrativa que implica su cumplimiento.

En definitiva, la reducción de la jornada laboral a 42 horas es un paso importante hacia un modelo laboral más moderno y flexible, que prioriza el bienestar de los trabajadores sin comprometer la productividad de las empresas. La experiencia de los próximos meses será fundamental para evaluar el impacto real de esta medida y realizar los ajustes necesarios para asegurar su éxito a largo plazo.

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