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Hasta el 25 de marzo de 2026, el caso del excongresista Israel Tito Lazo Julca, candidato al Congreso por Fuerza Popular, se mantiene sin una sanción definida tras la omisión de una sentencia en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) presentada para las Elecciones Generales 2026. La situación ha generado debate sobre la transparencia y los requisitos para postular a cargos públicos en el Perú.
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Huaral, mediante la Resolución N° 00445-2026-JEE-HCYO/JNE, dispuso la apertura de un proceso por la presunta infracción al numeral 23.6 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas. Esta infracción se refiere específicamente a la consignación de información falsa en las declaraciones juradas de los candidatos. La decisión del JEE se fundamenta en un Informe de Fiscalización que detectó la omisión deliberada de una sentencia firme en contra del postulante.
El informe de fiscalización revela que Lazo Julca figura como parte en el Expediente N° 00251-2022-0-1302-JP-CI-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Huaral. En noviembre de 2022, el juzgado declaró fundada una demanda interpuesta por la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Isidro, ordenando al excongresista el pago de S/ 37,945 más los correspondientes intereses. La sentencia, que establece la obligación de pago, quedó consentida, es decir, firme e inapelable, en junio de 2023. A pesar de la existencia de esta sentencia, el candidato no la incluyó en su DJHV, lo que constituye la base de la acusación formal.
La omisión de información relevante en las declaraciones juradas de los candidatos es un tema recurrente en los procesos electorales peruanos. La Ley de Organizaciones Políticas establece claramente la obligación de los postulantes de proporcionar información veraz y completa sobre su situación legal y patrimonial. El artículo 23.3 de la ley es particularmente enfático al señalar que la declaración jurada debe incluir todas las sentencias que pesen sobre el candidato, ya sean de carácter penal o civil.
El abogado Gines Barrios, especialista en derecho electoral, enfatiza la importancia de este artículo. Según Barrios, la ley es imperativa y no deja margen para la interpretación. La obligación de declarar información veraz y completa es absoluta, y cualquier omisión o falsedad en la DJHV puede acarrear la exclusión del postulante. Barrios subraya que la ley no contempla la posibilidad de subsanar la omisión, sino que establece la exclusión como la sanción aplicable.
Este caso recuerda a una situación similar ocurrida en 2022, cuando el JEE excluyó de las Elecciones Regionales y Municipales a Ángel Unchupaico Canchumani, también por omitir una sentencia en su DJHV. La exclusión de Unchupaico sentó un precedente importante en cuanto a la aplicación de la ley y la exigencia de transparencia a los candidatos.
La demora en la resolución del caso de Israel Tito Lazo Julca ha generado críticas por parte de algunos sectores políticos y de la sociedad civil. Se argumenta que la falta de una respuesta rápida y contundente podría socavar la confianza de los ciudadanos en el proceso electoral y en la integridad de los candidatos. La transparencia y la rendición de cuentas son pilares fundamentales de la democracia, y la omisión de información relevante en las declaraciones juradas de los candidatos atenta contra estos principios.
El JEE de Huaral ahora debe evaluar las pruebas presentadas y determinar si Lazo Julca incurrió en la infracción imputada. En caso de confirmarse la omisión deliberada de la sentencia, el JEE podría recomendar al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) la exclusión del candidato de la contienda electoral. La decisión final corresponderá al JNE, que tiene la última palabra en materia de elegibilidad de los candidatos.
La resolución de este caso tendrá implicaciones importantes para las Elecciones Generales 2026 y para la credibilidad del sistema electoral peruano. La aplicación rigurosa de la ley y la exigencia de transparencia a los candidatos son esenciales para garantizar que los ciudadanos puedan tomar decisiones informadas y elegir a sus representantes de manera libre y consciente. La ciudadanía espera que las autoridades electorales actúen con celeridad y firmeza para resolver este caso y enviar un mensaje claro de que la omisión de información relevante en las declaraciones juradas no será tolerada.


