La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dio a conocer el calendario oficial para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a la Transacción Financiera (ITF) correspondiente al ejercicio 2025.
La medida, que regirá en 2026, establece fechas límite diferenciadas según el tipo de contribuyente, el régimen tributario y el último dígito del RUC. Así, la Sunat definió dos cronogramas distintos: uno para personas naturales, micro y pequeñas empresas del Régimen General y Mype Tributario, y otro para el resto de contribuyentes.
Para el primer grupo, los vencimientos se iniciarán a fines de mayo y culminarán en la primera quincena de junio de 2026. Mientras que para los contribuyentes fuera de la Ley N. 31940, las fechas se adelantan entre finales de marzo y la primera quincena de abril de 2026.
La resolución también precisa desde cuándo estarán disponibles los formularios virtuales y la información personalizada que facilitará el cumplimiento de esta obligación fiscal. El Formulario Virtual N. 710, tanto en su versión simplificada como completa, estará disponible desde el 2 de enero de 2026. Por su parte, el Formulario Virtual N. 709, destinado a personas naturales, podrá utilizarse a partir del 31 de marzo de 2026.
Cabe señalar que la Sunat habilitará información personalizada que ayudará a completar la declaración, la cual estará disponible desde el 16 de febrero para el Formulario 710 y desde el 31 de marzo para el Formulario 709.
Con esta medida, la Sunat busca distribuir la carga declarativa y evitar congestiones en el sistema, a fin de facilitar el cumplimiento de esta obligación fiscal por parte de los contribuyentes.












