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Trabajó el 1 de enero? Esto es lo que debe cobrar por el feriado

Trabajó el 1 de enero? Esto es lo que debe cobrar por el feriado

Según informó el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los empleadores deben cumplir con ciertos requisitos a la hora de remunerar a los trabajadores que hayan laborado durante el feriado del 1 de enero.

En primer lugar, es importante destacar que el 1 de enero es considerado un feriado nacional en Argentina. Esto significa que los trabajadores que presten servicios en esa fecha tienen derecho a percibir una remuneración especial.

De acuerdo a lo establecido por la normativa laboral, los empleadores deben abonar a sus trabajadores el salario correspondiente a un día de trabajo, más un 100% de recargo sobre dicho monto. Es decir, si un empleado gana $1.000 por día, en caso de trabajar el 1 de enero debe cobrar $2.000.

Asimismo, si el trabajador presta servicios durante un número de horas inferior a la jornada habitual, el recargo del 100% se aplicará únicamente sobre las horas efectivamente trabajadas. Por ejemplo, si un empleado trabaja 4 horas el 1 de enero y su salario por hora es de $125, deberá percibir $500 (4 horas x $125) más el 100% de recargo, es decir, otros $500, totalizando $1.000.

Por otra parte, si el trabajador goza de un día de descanso compensatorio por haber laborado el feriado, el empleador deberá abonarle solamente el salario correspondiente a un día de trabajo, sin el recargo del 100%.

Es importante que tanto trabajadores como empleadores conozcan estos derechos y obligaciones establecidos en la legislación laboral, a fin de evitar conflictos y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.

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