A partir del 30 de junio de 2026, será obligatoria la mezcla de etanol con las gasolinas en Guatemala, según lo establece el Acuerdo Gubernativo 257-2025 publicado por el Ministerio de Energía y Minas (MEM). Esta medida, que busca reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, ha generado reacciones encontradas entre los sectores involucrados.
El reglamento publicado este lunes 22 de diciembre detalla los parámetros técnicos y legales para la implementación progresiva de la mezcla de etanol, que deberá alcanzar un 10% en las gasolinas superior y regular. El diésel, en cambio, queda excluido de esta normativa.
La Asociación de Expendedores de Gasolina (Ageg) ha expresado su rechazo a la obligatoriedad de la medida, argumentando que vulnera los derechos de elección del consumidor y que existen dudas sobre la compatibilidad del parque vehicular autorizado en el país. Por su parte, la Asociación de Productores de Alcohol de Guatemala (Apag) la ha calificado como un "avance importante" que asegurará el abastecimiento y el buen funcionamiento del mercado de etanol a nivel nacional.
Según el Acuerdo Gubernativo, el etanol utilizado en la mezcla deberá cumplir con parámetros de calidad específicos, clasificándose en dos tipos: etanol avanzado A y etanol avanzado B. Actualmente, existen cinco destilerías en el país que producen este tipo de etanol a partir de melaza.
La implementación de esta medida, que ha sido aplazada en varias ocasiones, busca alinear a Guatemala con las tendencias mundiales de descarbonización y el uso de biocombustibles. Sin embargo, su aplicación deberá sortear las preocupaciones expresadas por el sector de expendedores de gasolina, quienes temen que pueda afectar la oferta y la libertad de elección de los consumidores.












