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Poder Judicial rechaza pedido fiscal de levantar secreto bancario y comunicaciones de exministro Santiváñez

Poder Judicial rechaza pedido fiscal de levantar secreto bancario y comunicaciones de exministro Santiváñez
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El Poder Judicial rechazó la solicitud de la Fiscalía de la Nación para levantar el secreto bancario y de las comunicaciones del exministro Juan José Santiváñez, al concluir que no se acreditó el estándar de sospecha razonable exigido por la ley para intervenir derechos fundamentales en una investigación penal.

La decisión fue emitida por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema, que evaluó por separado los pedidos de acceso a comunicaciones en modalidad de tiempo histórico y a información financiera. En ambos casos, el despacho sostuvo que los requerimientos carecen de suficientes elementos de convicción.

Respecto al levantamiento del secreto de las comunicaciones, el tribunal señaló que la Fiscalía no alcanzó el principio de intervención indiciaria, requisito indispensable para autorizar una medida de esta naturaleza. En ese marco, recordó que la afectación al derecho a la privacidad solo procede cuando existe una sospecha razonable debidamente sustentada, lo que no ocurrió en este proceso.

En relación con el secreto bancario, el juzgado concluyó que la solicitud tampoco justificaba el acceso a información financiera del exministro y del otro investigado, por lo que declaró infundado el pedido. La resolución precisa que, sin indicios sólidos, no corresponde autorizar una injerencia en el ámbito económico de los investigados.

El origen de la pesquisa contra el exministro Juan José Santiváñez se sitúa en presuntas irregularidades relacionadas con el caso conocido como "Los Waykis en la Sombra", en el que fiscales consideran que habría intentado obstruir la colaboración eficaz de un investigado para proteger a terceros, entre ellos a Nicanor Boluarte.

La Fiscalía planteó que Santiváñez habría promovido la contratación de un abogado cercano a través de la modificación irregular de requisitos para la contratación directa con el objetivo de que Jorge Luis Ortiz Marreros no se acoja a la figura de colaborador eficaz y, por ende, no aporte información que involucre a Boluarte u otros implicados.

Ese supuesto favorecimiento, según la hipótesis fiscal, consistió en instruir o influir para que se contrate a Carlos Alvizuri Marín abogado sin la experiencia requerida como defensor de Ortiz Marreros, pese a que el procedimiento debía respetar condiciones legales claras.

La decisión del Poder Judicial representa un revés para la Fiscalía en su investigación contra el exministro Santiváñez, al no poder acceder a información clave que podría sustentar las acusaciones en su contra. El caso seguirá su curso, pero con limitaciones en cuanto a las pruebas que pueden ser recabadas.

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