Después de un proceso judicial que se extendió durante siete años, la justicia ecuatoriana ha emitido una sentencia condenatoria contra Luis David N., quien fue hallado responsable del femicidio de una joven de 20 años. El crimen, que conmocionó a la provincia del Cañar, incluyó el asesinato de la víctima, quien al momento de su fallecimiento se encontraba en la semana 14 de gestación.
La resolución fue dictada el pasado lunes 20 de julio de 2026 por el Tribunal Primero de Garantías Penales, luego de que se concluyera la audiencia de juicio correspondiente. Los magistrados determinaron que el sentenciado debe cumplir una pena privativa de libertad de 26 años. Además de la sanción penal, el tribunal ordenó que Luis David N. realice el pago de 30 000 dólares estadounidenses como medida de reparación integral, monto que será destinado a los padres de la víctima.
Los hechos que originaron este proceso se remontan a abril de 2019, específicamente en el cantón Azogues, provincia del Cañar. El cuerpo de la joven fue localizado la mañana del 17 de abril de aquel año por moradores del sector Charasol, en una zona cercana a las orillas del río Burgay. Tras el hallazgo, se iniciaron las investigaciones pertinentes para determinar las causas de la muerte y la identidad del agresor.
La autopsia médico-legal fue una pieza fundamental en la construcción del caso. El informe pericial determinó que la causa directa del fallecimiento fue asfixia por estrangulamiento. Asimismo, el examen forense confirmó que la víctima estaba embarazada de 14 semanas, lo que agravó la naturaleza del crimen y el impacto del hecho.
Según las investigaciones lideradas por la Fiscalía General del Estado, la víctima y el ahora sentenciado mantenían una relación sentimental. De dicha unión, la joven esperaba un hijo. No obstante, las indagaciones revelaron que Luis David N. se negaba rotundamente a asumir la paternidad del bebé y, en consecuencia, habría ejercido presiones constantes sobre su pareja para que interrumpiera el embarazo.
La Fiscalía detalló durante el juicio la mecánica del crimen. Se expuso que el 16 de abril de 2019, el procesado contactó a la joven y le pidió que se trasladara al sector de Charasol. Para lograr que ella acudiera al lugar, Luis David N. utilizó el argumento de que necesitaba que ella le prestara una computadora. De acuerdo con las investigaciones, el ataque ocurrió aproximadamente a las 21:00 de ese mismo día, momento en el que el sentenciado acabó con la vida de la joven para luego abandonar el sitio.
Para sustentar la acusación, el Ministerio Público presentó diversas pruebas. Entre ellas destacaron los testimonios de compañeros universitarios de la víctima, quienes relataron que la joven les había consultado previamente cómo llegar al sector de Charasol, informándoles que se encontraría con su pareja.
Otro elemento crucial fue la presentación de informes periciales especializados. Se incluyó una necropsia psicológica que permitió a los jueces identificar la existencia de un contexto sistemático de violencia dentro de la relación. El informe detalló que Luis David N. ejercía un control riguroso sobre la víctima, manifestado a través de celos, la imposición de órdenes y restricciones estrictas respecto a sus amistades y el uso de sus redes sociales.
Finalmente, el Tribunal consideró el informe de análisis telefónico elaborado por la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida (Dinased). Esta prueba técnica fue determinante, ya que permitió ubicar geográficamente tanto a la víctima como al procesado en el lugar de los hechos durante el día y la hora del crimen. Con la sumatoria de las pruebas testimoniales, psicológicas y técnicas, el Tribunal declaró la responsabilidad penal de Luis David N. y ratificó la condena por el delito de femicidio.


