El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú ha emitido un pronunciamiento oficial en respuesta al reciente informe elaborado por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas. Dicho documento analiza la situación legal actual del expresidente Pedro Castillo Terrones, quien se encuentra recluido en el establecimiento penitenciario de Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate, en Lima.
A través de un comunicado, la Cancillería peruana se encargó de aclarar la naturaleza jurídica del reporte emitido por el organismo internacional. El Ministerio subrayó que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria funciona como un mecanismo de supervisión de carácter no jurisdiccional, el cual está conformado por profesionales independientes. En este sentido, el Gobierno precisó que la finalidad primordial de las opiniones emitidas por este grupo es promover el diálogo y fortalecer la cooperación internacional en lo que respecta a la materia de los derechos humanos.
Uno de los puntos centrales del pronunciamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores fue la distinción legal entre las recomendaciones de la ONU y las sentencias judiciales. La entidad gubernamental fue enfática al señalar que las opiniones expresadas por los expertos de las Naciones Unidas no poseen la naturaleza jurídica de una sentencia internacional. Por lo tanto, estas no constituyen decisiones jurisdiccionales que tengan un carácter obligatorio para el Estado peruano.
Asimismo, el comunicado remarcó que estas opiniones no producen, por sí mismas, efectos directos dentro del ordenamiento jurídico interno del país. En consecuencia, la postura de la Cancillería es que tales recomendaciones no tienen la capacidad de modificar las decisiones que hayan sido adoptadas por las autoridades nacionales competentes en el marco de sus funciones legales.
Por otro lado, el informe del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas llegó a conclusiones críticas sobre la situación del exmandatario. Los expertos determinaron que la detención de Pedro Castillo, ocurrida tras su intento de golpe de Estado el pasado 7 de diciembre de 2022, fue "arbitraria" y careció de una base legal sólida. Según el análisis del grupo, esta situación vulneró el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como los artículos 3 y 9 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Ante este escenario, el documento de la ONU instó formalmente al Estado peruano a implementar las medidas necesarias para remediar la situación jurídica de Pedro Castillo. El organismo solicitó que dicha acción se realice sin dilaciones y que se ponga en conformidad con las normas internacionales pertinentes. En el reporte se detalla que, considerando todas las circunstancias que rodean el caso, el remedio adecuado sería la puesta en libertad inmediata del señor Castillo, otorgándole además el derecho efectivo a recibir una indemnización y otros tipos de reparación, siguiendo los lineamientos del derecho internacional.
Este intercambio de posturas se produce en un contexto judicial ya definido en el país. En noviembre de 2025, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema del Poder Judicial condenó a Pedro Castillo Terrones a una pena privativa de la libertad de 11 años, 5 meses y 15 días. Esta condena fue impuesta debido a su responsabilidad en el intento de golpe de Estado ejecutado en diciembre de 2022.
Mientras el Grupo de Trabajo de la ONU sostiene que la detención carece de sustento legal y vulnera tratados internacionales, el Gobierno peruano mantiene que las observaciones del organismo no son obligatorias ni alteran el proceso judicial interno ni la sentencia dictada por el Poder Judicial.


