ÚLTIMA HORA

Cobertura global las 24 hs. • miércoles, 15 de julio de 2026 • Noticias actualizadas al minuto.

Menú

Gobierno extiende estado de emergencia en Piura para combatir la criminalidad

El Gobierno dispuso extender por 60 días el estado de emergencia en diversos distritos y provincias de la región Piura como parte de las acciones para enfrentar la criminalidad. La prórroga comenzará a regir desde el 6 de julio de 2026 y fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.° 101-2026-PCM.

Audionoticia

Escucha el reporte completo

Gobierno extiende estado de emergencia en Piura para combatir la criminalidad
Puntos clave

El Gobierno extendió por 60 días el estado de emergencia en la región Piura a partir del 6 de julio de 2026 para combatir la criminalidad. La medida abarca las provincias de Paita y Talara, además de los distritos de Piura, Castilla, Veintiséis de Octubre, Catacaos, Sullana y Bellavista. La Policía Nacional, con apoyo de las Fuerzas Armadas, liderará operativos basados en inteligencia criminal. Para lograrlo, se suspenderán temporalmente derechos fundamentales como la inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito y la libertad de reunión. Finalmente, las actividades masivas de carácter religioso, cultural o deportivo requerirán autorización previa de las autoridades, mientras que los eventos pequeños podrán realizarse con normalidad.

El Gobierno ha formalizado la decisión de extender el estado de emergencia en diversas jurisdicciones de la región Piura, una medida orientada específicamente a fortalecer las acciones desplegadas para enfrentar los índices de criminalidad en la zona. Esta prórroga, que se extiende por un periodo de 60 días, ha sido oficializada a través de la publicación del Decreto Supremo N.° 101-2026-PCM, estableciendo un marco legal estricto para el control del orden interno.

De acuerdo con lo estipulado en la norma, la vigencia de esta medida extraordinaria comenzará a regir a partir del 6 de julio de 2026. El objetivo central de esta extensión es permitir que las fuerzas del orden continúen con las labores de prevención y represión del delito en los sectores más vulnerables de la región, asegurando que la operatividad del Estado se mantenga activa frente a las amenazas a la seguridad ciudadana.

En cuanto al alcance geográfico de la medida, el Decreto Supremo detalla que el estado de emergencia comprende una serie de distritos y provincias clave. Específicamente, la medida se aplica en los distritos de Piura, Castilla, Veintiséis de Octubre, Catacaos, Sullana y Bellavista. Asimismo, la disposición legal se extiende a la totalidad de las provincias de Paita y Talara, cubriendo así puntos estratégicos de la región donde se ha identificado la necesidad de mantener un control más riguroso.

En el ámbito operativo, la estructura de mando queda claramente definida. La Policía Nacional del Perú continuará teniendo la responsabilidad principal y el cargo del control del orden interno en todas las zonas afectadas. Para garantizar la eficacia de estas operaciones, la Policía Nacional contará con el respaldo y apoyo logístico y operativo de las Fuerzas Armadas, permitiendo un despliegue coordinado y una mayor capacidad de respuesta ante situaciones de riesgo.

Uno de los aspectos más críticos de este decreto es la suspensión o restricción de ciertos derechos constitucionales, medida necesaria para facilitar la labor policial y militar. Durante los 60 días de prórroga, se mantendrá la restricción de la inviolabilidad de domicilio, lo que permite intervenciones en inmuebles bajo los parámetros legales del estado de emergencia. De igual manera, se suspende la libertad de tránsito y la libertad de reunión, facultando a las autoridades a limitar el desplazamiento de personas o la congregación de grupos en espacios públicos.

Adicionalmente, la medida afecta la libertad y seguridad personales, permitiendo que las fuerzas del orden actúen con mayor celeridad en la detención y control de individuos sospechosos de actividades delictivas. Para evitar intervenciones arbitrarias, el decreto establece que las zonas donde se ejecutarán estas acciones conjuntas serán definidas estrictamente por la Policía Nacional. Esta delimitación se basará en el análisis de información de inteligencia, el uso de estadísticas actualizadas y la revisión de los mapas del delito, asegurando que los operativos se concentren en los focos de mayor incidencia criminal.

Respecto a la vida social y cultural de la región, el Gobierno ha establecido reglas claras para la realización de actividades. Las actividades de carácter masivo, ya sean religiosas, culturales, deportivas o recreativas, podrán llevarse a cabo siempre y cuando cuenten con la autorización previa de las autoridades competentes. Este requisito busca garantizar que cualquier evento con gran afluencia de personas cuente con un plan de seguridad coordinado y aprobado por el Estado.

Por otro lado, el decreto hace una distinción importante respecto a los eventos no masivos. En el caso de aquellas actividades que no reúnan a una multitud, estas podrán desarrollarse con normalidad y sin la necesidad de realizar el trámite de autorización previa, permitiendo que la dinámica cotidiana de los ciudadanos no se vea excesivamente afectada en sus actividades privadas o de pequeña escala.

En resumen, el Decreto Supremo N.° 101-2026-PCM busca prolongar la presencia del Estado y la capacidad de intervención de las fuerzas de seguridad en Piura, Castilla, Veintiséis de Octubre, Catacaos, Sullana, Bellavista, Paita y Talara, priorizando la lucha contra la criminalidad mediante el uso de inteligencia y la suspensión temporal de garantías constitucionales seleccionadas.

Cobertura en Video