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Ministerio de Justicia rechaza solicitudes de gracia e indulto de José Pedro Castillo Terrones

El Ministerio de Justicia informó que la Comisión de Gracias Presidenciales archivó la solicitud de derecho de gracia por razones humanitarias presentada por el expresidente y declaró inadmisible su pedido de indulto común.

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Ministerio de Justicia rechaza solicitudes de gracia e indulto de José Pedro Castillo Terrones
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El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos rechazó y archivó las solicitudes de gracia humanitaria e indulto común presentadas por José Pedro Castillo Terrones. La gracia humanitaria fue denegada debido a que el solicitante no corrigió las omisiones advertidas en el plazo legal, mientras que el pedido de indulto fue declarado inadmisible por no cumplir con los requisitos normativos básicos. La Comisión de Gracias Presidenciales subrayó que estas determinaciones se basan estrictamente en el reglamento interno y el marco jurídico vigente. Con esta decisión, la entidad reafirma su compromiso con la objetividad y la imparcialidad en la evaluación de los beneficios presidenciales.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) ha hecho pública la decisión tomada por la Comisión de Gracias Presidenciales respecto a las solicitudes presentadas por José Pedro Castillo Terrones. Según la información oficial proporcionada por la entidad, la Comisión se reunió en su sesión ordinaria el pasado 10 de junio de 2026 para evaluar los pedidos interpuestos por el ciudadano mencionado, procediendo a analizar la viabilidad técnica y legal de cada una de las peticiones.

En primer lugar, el comunicado detalla que la Comisión de Gracias Presidenciales acordó rechazar la solicitud de derecho de gracia por razones humanitarias. El fundamento principal de esta decisión radica en que el solicitante no procedió a subsanar la inadmisibilidad que había sido advertida previamente por la comisión. De acuerdo con el procedimiento administrativo, cuando una solicitud presenta errores o carencias que impiden su evaluación, se le notifica al interesado para que realice las correcciones necesarias dentro de un tiempo determinado. En este caso particular, el plazo establecido para dicha subsanación venció sin que José Pedro Castillo Terrones presentara las correcciones requeridas.

Como consecuencia directa de este incumplimiento en los plazos y la falta de subsanación de los puntos advertidos, la Comisión de Gracias Presidenciales dispuso el archivo definitivo de la solicitud de derecho de gracia por razones humanitarias. Esta medida implica que el proceso administrativo correspondiente a este pedido ha finalizado sin que se haya concedido el beneficio solicitado, debido estrictamente a razones de forma y procedimiento.

Simultáneamente, el organismo evaluó una segunda petición presentada por Castillo Terrones, referida a un indulto común. Tras el análisis respectivo, la Comisión declaró inadmisible esta solicitud. La justificación técnica para esta determinación es que el pedido no cumplió con los requisitos de admisibilidad exigidos por la normativa aplicable en materia de indultos. A diferencia del rechazo por falta de subsanación, la declaración de inadmisibilidad inicial indica que el documento presentado no reunía las condiciones mínimas obligatorias para ser procesado y evaluado en el fondo.

Para brindar mayor claridad sobre el proceso, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos señaló que el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales rige estrictamente estos procedimientos. Según dicho reglamento, cualquier solicitud que sea declarada inadmisible debe ser subsanada por el interesado dentro de un plazo correspondiente de veinte días calendario. Este mecanismo busca garantizar que el solicitante tenga la oportunidad de corregir omisiones o adjuntar documentación faltante para que su caso pueda ser analizado objetivamente.

No obstante, la normativa es taxativa al señalar que, una vez vencido el plazo de veinte días sin que se haya cumplido con la subsanación requerida, corresponde el rechazo y el posterior archivo del expediente. Este es el camino procedimental que se aplicó en el caso de la solicitud de gracia humanitaria de José Pedro Castillo Terrones, donde la inacción frente a la advertencia de inadmisibilidad llevó al cierre del trámite.

Finalmente, el Minjusdh aprovechó el comunicado para reafirmar su compromiso institucional con una actuación basada en la objetividad y la imparcialidad. La entidad subrayó que todas sus decisiones, incluyendo las tomadas por la Comisión de Gracias Presidenciales en la sesión del 10 de junio, están estrictamente sujetas a lo establecido en la Constitución Política, la ley y la normativa vigente. Con ello, el ministerio enfatiza que el proceso de evaluación de gracias e indultos se rige por criterios estrictamente legales y reglamentarios, asegurando que se cumplan todas las etapas administrativas previstas en el marco jurídico actual.

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