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Multas de ¢123.000 en Costa Rica por distracciones al volante: Celulares, mascotas y maniobras peligrosas

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Multas de ¢123.000 en Costa Rica por distracciones al volante: Celulares, mascotas y maniobras peligrosas

En Costa Rica, la seguridad vial se ha convertido en un punto focal para las autoridades de tránsito, quienes han reforzado la vigilancia sobre aquellas conductas que desvían la atención del conductor mientras opera un vehículo. De acuerdo con la normativa vigente, realizar cualquier actividad que sea distinta a la debida conducción conlleva una sanción económica considerable, estableciéndose una multa de ¢123.000 para quienes incurran en estas faltas.

El fundamento legal de esta medida se encuentra detallado en el artículo 145 ñ) de la Ley de Tránsito. Esta disposición normativa no es arbitraria, sino que responde a un objetivo preventivo fundamental: reducir la incidencia de accidentes de tránsito derivados de distracciones innecesarias. Las autoridades enfatizan que cualquier acción que retire la atención de la carretera pone en riesgo inminente no solo la integridad física del conductor, sino también la de terceros que transitan por la vía pública, ya sean otros conductores, ciclistas o peatones.

Uno de los puntos más debatidos y comunes es el uso de dispositivos móviles. La Policía de Tránsito ha sido enfática al aclarar que, si bien el uso del celular es una de las infracciones más frecuentes asociadas a este artículo, la norma es mucho más amplia y aplica a cualquier tipo de distracción. Específicamente, se ha reiterado que es ilegal la manipulación directa del dispositivo móvil mientras se conduce. Para evitar la sanción y, sobre todo, para garantizar la seguridad, la ley exige que el conductor utilice tecnologías de manos libres o que el dispositivo esté conectado a los parlantes del vehículo, evitando así que las manos se despeguen del volante o que la vista se desvíe del camino.

En situaciones donde el conductor reciba mensajes o llamadas que resulten urgentes y requieran una atención que el sistema de manos libres no pueda solventar, la recomendación oficial de las autoridades es clara: el conductor debe orillarse y estacionarse en un lugar seguro. Solo una vez que el vehículo esté completamente detenido y fuera del flujo vehicular se debe atender la situación, eliminando así el riesgo de provocar un percance por intentar escribir o leer mientras se avanza.

Por otro lado, la normativa también pone el foco en el transporte de animales domésticos, un hábito común que puede convertirse en un peligro crítico. Se sanciona estrictamente a aquellos conductores que viajen con sus mascotas sobre sus piernas, hombros o brazos. Esta prohibición se basa en riesgos operativos y de seguridad muy concretos: un animal en esa posición podría morder al conductor debido al estrés del viaje, realizar movimientos bruscos que desestabilicen la dirección del vehículo o, en el peor de los casos, caer entre los pedales. Esta última situación es particularmente grave, ya que podría impedir el uso del freno en un momento crítico, resultando en un accidente inevitable.

Para mitigar estos riesgos, las autoridades sugieren el uso de cajas cerradas o dispositivos especiales diseñados para el transporte seguro de animales. Asimismo, recomiendan evitar que las mascotas asomen excesivamente el cuerpo por las ventanas del automotor, ya que esto también puede generar distracciones o situaciones de riesgo para el animal y otros usuarios de la vía.

Además de los celulares y las mascotas, la Ley de Tránsito castiga conductas reprochables en el ámbito de las motocicletas. Un ejemplo claro es la maniobra de levantar la llanta delantera, acción que no solo es ilegal sino sumamente peligrosa. Este tipo de acrobacias en la vía pública incrementa drásticamente la probabilidad de atropellar a peatones o ciclistas, quienes son los actores más vulnerables del sistema vial.

La efectividad de la aplicación de esta norma se refleja en las estadísticas recientes. Durante el primer cuatrimestre del año en curso, las autoridades ya han confeccionado un total de 501 boletas por violaciones al artículo 145 ñ). Esta cifra demuestra que la vigilancia se mantiene activa y que las sanciones se están aplicando con rigor para desincentivar las conductas que comprometen la seguridad colectiva en las carreteras costarricenses.

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