La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria ha emitido una resolución obligando a todas las entidades financieras del país públicas, privadas y de economía popular y solidaria a diseñar e implementar productos financieros con perspectiva de género, dirigidos específicamente a mujeres emprendedoras. La medida busca fortalecer el acceso al financiamiento en condiciones equitativas para este sector, considerando que, según el estudio Global Entrepreneurship Monitor (GEM) 2023-2024, el 51,18% de los emprendedores en Ecuador son mujeres y un 33,4% de las ecuatorianas entre 18 y 64 años participan en actividades emprendedoras.
Las instituciones tendrán un plazo de seis meses, contados desde el 6 de marzo, para adaptar sus políticas internas, manuales operativos y sistemas de gestión de riesgos. La resolución contempla requisitos simplificados, garantías adaptadas, plazos flexibles y programas de educación financiera. Un punto clave es el acceso a fondos públicos de garantía crediticia para aquellas mujeres que no cuenten con bienes propios, eliminando una barrera importante para acceder al crédito.
Además, se permitirá el restablecimiento de la calificación crediticia para mujeres con deudas en mora de hasta 3.000 dólares, facilitando su reincorporación al sistema financiero formal. El ente rector de Producción, Comercio Exterior e Inversiones dispondrá de 30 días para implementar un sistema de certificación de emprendedoras para facilitar el acceso a estos productos financieros, especialmente para aquellas que operan en la informalidad.
La Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria supervisarán la implementación de la norma y deberán presentar informes anuales a la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, detallando el número de beneficiarias, los montos crediticios, la tasa de morosidad y la cobertura territorial. Aunque algunas instituciones ya contaban con programas similares, la nueva resolución los convierte en una obligación con supervisión regulatoria.
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