La Asociación de Concesionarios del Polo Turístico Golfo de Papagayo (Asopapagayo) se defiende ante un posible revés legal que podría redefinir el desarrollo turístico en una de las zonas más exclusivas de Costa Rica. La Procuraduría General de la República (PGR) ha recomendado a la Sala Constitucional declarar inconstitucionales dos incisos clave del Plan Maestro General del polo turístico, desatando una batalla legal que pone en tela de juicio el equilibrio entre el desarrollo económico y la protección ambiental en la región de Guanacaste.
El conflicto se centra en los incisos i y j del artículo 5.1 del plan maestro, aprobado originalmente en 1995 y reformado en 2012. El inciso i establece un límite de 20 habitaciones por hectárea concesionada, mientras que el inciso j fija un tope de ocupación constructiva del 30% del área concesionada. La PGR argumenta que estos límites, aplicados de manera uniforme a las 1.658 hectáreas del polo turístico, no toman en cuenta la fragilidad ecológica de los diferentes terrenos, incluyendo bosques y humedales, contraviniendo el artículo 50 de la Constitución Política que garantiza el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
El procurador general, Iván Vincenti Rojas, ha dejado claro que su objeción no se dirige a la existencia de límites constructivos en sí, sino a la falta de una “objetivación técnica” que respalde científicamente estos incisos frente a la vulnerabilidad ecológica del área. En otras palabras, la PGR no busca detener el desarrollo, sino asegurar que este se realice de manera responsable y sostenible.
Asopapagayo, que agrupa a 33 concesionarios del polo turístico, defiende el régimen actual, argumentando que los incisos cuestionados son simplemente reglas generales de planificación que no autorizan directamente la intervención o tala de árboles. Rodrigo A. Castro, presidente ejecutivo de Asopapagayo y exministro de Turismo, insiste en que cada proyecto está sujeto a un riguroso sistema integral de control ambiental que evalúa la fragilidad ecológica de los sitios de construcción.
Según Castro, los incisos no operan en el vacío, sino dentro de un sistema de control ambiental múltiple y escalonado que va más allá del reglamento del Instituto Costarricense de Turismo (ICT). Cada proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) o el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), dependiendo de las características del proyecto. Es en estos procesos, afirma Castro, donde se analizan los impactos acumulativos y se establecen medidas de mitigación.
La postura de Asopapagayo se alinea con la del director ejecutivo del Proyecto Turístico Golfo de Papagayo, Henry Wong, quien ha enfatizado que la aprobación del ICT no otorga permisos ambientales y que las competencias en esta materia recaen en el Sinac y la Setena. “Sin viabilidad ambiental y sin permisos sectoriales, ningún proyecto puede ejecutarse”, afirmó Wong en declaraciones previas.
El debate también se enmarca en un precedente reciente en el que el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) defendió la posibilidad de utilizar hasta un 30% del área concesionada, incluso con cobertura boscosa, en un proyecto hotelero de $925 millones en playa Panamá. Un criterio jurídico del Minae determinó que el régimen legal del Papagayo es especial y prevalece sobre la Ley Forestal en cuanto a la posibilidad de utilizar áreas boscosas para la construcción.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada el 13 de noviembre por el abogado ambientalista Álvaro Sagot Rodríguez, y se tramita bajo el expediente N.° 25-033926-0007-CO. La Sala Constitucional aún no ha emitido una decisión, pero la recomendación de la PGR añade peso a la controversia.
Ante la posibilidad de que la Sala IV acoja la recomendación de la Procuraduría, Asopapagayo descarta la posibilidad de presentar reclamos patrimoniales contra el Estado. Sin embargo, la escala potencial de este escenario es considerable. El polo turístico ha atraído más de $2.200 millones en inversión acumulada, y existen proyectos adicionales en distintas etapas de desarrollo que representan otros $2.900 millones.
“Nuestro enfoque es institucional y preventivo”, indica Castro, subrayando que la prioridad es que cualquier ajuste se resuelva “de manera técnica, ordenada y respetuosa del marco jurídico vigente”. Pamela Granados Ugalde, gerenta de Desarrollo de Bahía Papagayo, anticipa que, en caso de una anulación que modifique sustancialmente las condiciones jurídicas de la concesión, la empresa analizaría “con el debido sustento legal las acciones correspondientes para salvaguardar la seguridad jurídica y las inversiones realizadas”.
El caso del Golfo de Papagayo se ha convertido en un símbolo de la tensión entre el desarrollo turístico y la conservación ambiental en Costa Rica. La decisión de la Sala Constitucional no solo afectará a los inversionistas y desarrolladores del polo turístico, sino que también sentará un precedente importante para futuros proyectos de desarrollo en áreas ecológicamente sensibles en todo el país. La comunidad internacional observa con atención este caso, ya que Costa Rica se ha posicionado como un líder en ecoturismo y sostenibilidad. La resolución de este conflicto legal podría definir el futuro del modelo de desarrollo turístico en Costa Rica y su capacidad para equilibrar el crecimiento económico con la protección del medio ambiente.


