La Justicia condenó a una fábrica de automóviles y a una administradora de planes de ahorro a pagar una millonaria indemnización a una consumidora por el desmesurado aumento de las cuotas de su vehículo. La Sala II de la Cámara de Apelaciones de la I Circunscripción consideró que las empresas colocaron el interés de la clienta en un segundo plano, configurando un trato indigno que la privó de la posibilidad de mantener su poder adquisitivo frente a incrementos que alcanzaron el 1.337 por ciento.
El fallo, que revoca una decisión de primera instancia, sienta un precedente importante en la defensa de los derechos de los consumidores y pone en evidencia las prácticas abusivas que se han detectado en el sistema de financiamiento automotriz. Los jueces Patricia Clerici y Pablo Furlotti sostuvieron que la conducta de las empresas no solo violó el deber de información, sino que también configuró un ejercicio de mala fe de los derechos contractuales.
La historia de esta consumidora comenzó en septiembre de 2016, cuando ingresó a un plan de 84 cuotas para adquirir un Fiat Mobi. En junio del año siguiente, se le adjudicó el vehículo, pero la pesadilla financiera apenas comenzaba. En los primeros 12 meses, la cuota se duplicó, y para 2021, ya era 13,37 veces superior a la cuota original. Ante esta situación, la clienta recurrió a la Justicia, argumentando que los aumentos eran abusivos y no guardaban relación con la evolución de sus ingresos, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) o la tasa pasiva promedio publicada por el Banco Central.
Los jueces coincidieron con la demandante y señalaron que ni el fabricante ni el concesionario intentaron buscar una solución que permitiera mitigar el impacto de la política económica nacional en los consumidores. Subrayaron que las empresas mostraron una “grave indiferencia” hacia los derechos de la clienta, limitándose a incrementar exponencialmente las cuotas mensuales sin considerar la grave crisis económica que atravesaba el país.
El tribunal cuestionó la falta de transparencia en la información proporcionada a la consumidora. Si bien la clienta conocía la fórmula para calcular el precio de la cuota, basada en el precio de lista del automóvil, los jueces consideraron que hubo un uso abusivo del valor móvil, ya que los aumentos no se justificaban con otros parámetros económicos relevantes. En este sentido, criticaron que no se explicara “la razón del incremento de la cuota en valores que exceden el doble del índice de inflación”.
Además, los jueces hicieron hincapié en la obligación de brindar información clara y accesible a los consumidores, de acuerdo con lo estipulado por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Señalaron que la empresa no probó la publicación de los precios fijados por el fabricante en lugares accesibles a los clientes y con la suficiente antelación. “La información sobre el valor móvil del mes, la actora la conocía en oportunidad de recibir el cupón para el pago de la cuota”, remarcaron.
Pero la crítica más contundente de los jueces se dirigió a la falta de un trato digno hacia la consumidora. Afirmaron que las empresas no resguardaron sus intereses y que tenían la “capacidad técnica” para prever las consecuencias de las devaluaciones y los procesos inflacionarios en su capacidad de pago. Señalaron que, mientras las empresas podían “saneadas” a través de la fijación de nuevos precios, la consumidora se enfrentaba a “desfasajes más que importantes” en su capacidad de pago.
En su sentencia, el tribunal condenó a los demandados a abonar la suma de 15 millones de pesos a la clienta en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos. Esta decisión podría abrir la puerta a otras demandas similares de consumidores que se hayan visto afectados por aumentos abusivos en las cuotas de sus vehículos.
El fallo de la Cámara de Apelaciones no solo representa una victoria para la consumidora individual, sino que también envía un mensaje claro a las empresas del sector automotriz: las prácticas abusivas no serán toleradas y los derechos de los consumidores deben ser respetados. La Justicia ha demostrado que está dispuesta a defender a los ciudadanos frente a las empresas que buscan aprovecharse de su vulnerabilidad económica.
Este caso pone de manifiesto la necesidad de una mayor regulación en el sistema de financiamiento automotriz, con el fin de proteger a los consumidores de los aumentos abusivos y garantizar la transparencia en la información proporcionada. Es fundamental que las empresas sean responsables y consideren el impacto de sus decisiones en la economía de los ciudadanos.
La condena a las empresas automotrices y a la administradora de planes de ahorro es un llamado de atención para todo el sector. Las empresas deben ser conscientes de que no pueden actuar con impunidad y que deben respetar los derechos de los consumidores. La Justicia ha demostrado que está dispuesta a hacer cumplir la ley y a proteger a los ciudadanos de las prácticas abusivas.
Este fallo es un paso importante en la defensa de los derechos de los consumidores y en la construcción de una sociedad más justa y equitativa. Es fundamental que los ciudadanos conozcan sus derechos y que no duden en recurrir a la Justicia cuando se sientan perjudicados. La lucha por la defensa de los derechos de los consumidores es una tarea de todos.


