La Corte de Apelaciones de Concepción falló de manera contundente a favor de una alumna de Diseño Gráfico con Trastorno del Espectro Autista (TEA), ordenando a la Universidad del Desarrollo (UDD), sede Concepción, anular el segundo semestre de 2025, restituir los aranceles pagados y aplicar de inmediato las adecuaciones necesarias para que pueda continuar sus estudios. La decisión, adoptada de forma unánime por la Tercera Sala del tribunal de alzada, califica como ilegal y arbitraria la exigencia impuesta por la casa de estudios: condicionar los apoyos académicos a la firma de un documento de “consentimiento informado”. Este fallo representa un hito en la defensa de los derechos de los estudiantes con necesidades educativas especiales y reafirma la importancia de los principios de inclusión en la educación superior.
La estudiante, quien también presenta trastorno ansioso severo y TDA secundario, había informado oportunamente a la universidad sobre su diagnóstico. Durante los años 2023 y 2024, la UDD le proporcionó medidas de apoyo y adecuaciones académicas que facilitaron su integración al proceso educativo. Sin embargo, en abril de 2025, la Unidad de Inclusión le comunicó que la continuidad de estos ajustes dependía de la firma del mencionado “consentimiento informado”. A partir del primer semestre de 2025, la universidad suspendió la aplicación del plan de adecuación previamente establecido.
La situación se agravó cuando, en un correo electrónico del 24 de mayo de 2025, la coordinadora académica le indicó explícitamente a la alumna que debía “regularizar su situación” mediante la firma del documento, so pena de no recibir el apoyo académico necesario. Esta exigencia, según la Corte, carecía de fundamento legal y vulneraba los derechos de la estudiante.
Los ministros del tribunal de alzada fueron categóricos al señalar que la universidad no tenía la facultad de imponer tal requisito. La sentencia establece de manera clara que “Cualesquiera de las medidas, protocolos o ajustes razonables que deben adoptarse en favor de un estudiante (…) no queda condicionada a la suscripción de ningún tipo de documento”. Además, la Corte enfatizó que ninguna norma legal permite exigir una firma como condición previa para garantizar los ajustes razonables que un estudiante con necesidades especiales requiere para acceder a una educación de calidad.
La resolución judicial critica severamente la falta de apego de la UDD a los principios de inclusión en la educación superior, calificando su actuar como ilegal. Los ministros cuestionaron el propósito de la exigencia del “consentimiento informado”, preguntándose: “No se puede advertir cómo la suscripción del denominado ‘consentimiento informado’ pudiera facilitar o allanar la ejecución de los mecanismos que faciliten el proceso formativo de la recurrente”.
En concreto, la Corte acogió el recurso de protección interpuesto por la estudiante contra la Universidad del Desarrollo (sede Concepción) y ordenó: la anulación de las asignaturas del segundo semestre de 2025; la restitución o imputación de los aranceles pagados correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2025; y la adopción inmediata de todos los ajustes razonables necesarios para garantizar la continuidad de los estudios de la alumna.
El tribunal, si bien acogió el recurso, lo hizo sin condenar en costas a la universidad, considerando que esta última actuó con “motivo plausible para litigar”. Sin embargo, la decisión sienta un precedente importante en la defensa de los derechos de los estudiantes con necesidades educativas especiales y reafirma que los ajustes necesarios para su inclusión no pueden estar sujetos a condiciones administrativas que, en la práctica, limiten su derecho a estudiar en igualdad de condiciones.
Este fallo no solo beneficia a la estudiante involucrada, sino que también tiene implicaciones más amplias para la comunidad universitaria y para otras instituciones de educación superior en Chile. La sentencia obliga a las universidades a revisar sus políticas y procedimientos internos para garantizar que los estudiantes con TEA y otras discapacidades reciban el apoyo y las adecuaciones necesarias para desarrollar su potencial académico, sin que se les impongan obstáculos burocráticos o condiciones discriminatorias.
La decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción subraya la importancia de implementar una cultura de inclusión en la educación superior, donde se reconozcan y respeten las necesidades individuales de cada estudiante. Esto implica no solo proporcionar ajustes razonables, sino también sensibilizar a la comunidad universitaria sobre la diversidad y promover un ambiente de aprendizaje inclusivo y acogedor para todos.
La UDD aún no ha emitido una declaración oficial en respuesta al fallo judicial. Sin embargo, se espera que la universidad cumpla con la orden de la Corte y adopte las medidas necesarias para garantizar que la estudiante pueda continuar sus estudios en condiciones de igualdad. Este caso pone de manifiesto la necesidad de que las instituciones de educación superior se comprometan de manera efectiva con la inclusión y la equidad, y que trabajen en colaboración con los estudiantes y sus familias para crear un entorno de aprendizaje que sea accesible y beneficioso para todos.
El fallo también destaca la importancia de la asesoría legal y el apoyo de organizaciones de la sociedad civil en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad. En este caso, la estudiante contó con el respaldo de un equipo de abogados que la representaron ante la Corte y lograron demostrar la ilegalidad de la exigencia impuesta por la universidad.
En conclusión, la decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción representa un avance significativo en la protección de los derechos de los estudiantes con TEA y otras discapacidades en Chile. El fallo reafirma que la inclusión en la educación superior no es solo una cuestión de cumplimiento legal, sino también un imperativo ético y social. La universidad debe ahora actuar con prontitud para corregir sus prácticas y garantizar que todos sus estudiantes tengan la oportunidad de alcanzar su máximo potencial académico.


