Un matrimonio y su hija menor de 5 años recibieron una indemnización de $12.600.000 luego de sufrir una serie de episodios de violencia verbal, amenazas e intimidación por parte de una vecina en el edificio donde residen, según una resolución de la Justicia civil y comercial de Lomas de Zamora.
La causa, tramitada ante el Juzgado en lo Civil y Comercial n. 10, tuvo como demandantes a un hombre y una mujer que afirmaron haber convivido durante 30 años en el departamento familiar y tener a cargo a su hija pequeña.
Según la demanda, los hechos comenzaron cuando el hombre se incorporó al Consejo de Administración del consorcio del edificio y colaboró en decisiones relativas al cobro de expensas a unidades morosas. En ese contexto, la vecina demandada, ocupante de uno de los departamentos deudores, los habría abordado reiteradamente tanto en los espacios comunes como en su vivienda, exigiendo su intermediación para evitar la ejecución judicial de la deuda.
Los sucesos, que escalaron con el tiempo, pasaron de pedidos verbales a una serie de hostigamientos, amenazas de muerte, insultos y situaciones intimidatorias, incluyendo episodios ocurridos en presencia de la hija menor del matrimonio. Esto afectó la dinámica familiar y la salud emocional de la niña.
El expediente documenta que la situación llevó a que la madre de la menor presentara denuncias penales por amenazas, lo que motivó la intervención policial y la imposición de restricciones para limitar el acercamiento y el contacto de la vecina demandada con la familia denunciante.
Pese a los argumentos de la vecina acusada, que negó los hechos y sostuvo que la acción judicial buscaba censurar reclamos legítimos, el tribunal analizó testimonios, informes psicológicos, registros periciales y videos aportados, y determinó que la familia sufrió un "menoscabo directo a la esfera íntima y a la reputación de la víctima".
En el fallo, se estableció una indemnización de $1.800.000 para cada uno de los adultos afectados y de $9.000.000 para la hija menor, montos ajustados a valores actuales y fundados en los informes periciales que señalaron daños en la salud mental de los integrantes del grupo familiar.
El tribunal enfatizó que la prueba aportada resultó determinante y que la espera de una definición penal en causas por violencia, en casos donde está comprometido el interés superior de una persona menor, puede implicar una dilación indebida de la reparación civil y afectar sus derechos a la salud y a la pronta justicia.












