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Prisión preventiva y presunción de inocencia: el delicado equilibrio en la lucha contra el narcotráfico

Prisión preventiva y presunción de inocencia: el delicado equilibrio en la lucha contra el narcotráfico
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La reciente decisión judicial de procesar con prisión preventiva a Daniel C. por supuestamente gestionar la recaudación de una organización vinculada al clan Villalba ha reabierto un intenso debate sobre los límites del sistema judicial en la lucha contra el narcotráfico.

Como abogado defensor, el autor del texto ha visto decenas de casos donde trabajadores informales, como fleteros, operarios o kiosqueros, quedan atrapados en investigaciones complejas, no por sus propios actos, sino por el contexto que los rodea. Muchas veces, una simple llamada telefónica malinterpretada basta para que alguien pase de testigo a imputado.

En el caso de Daniel C., la pesquisa parece nacer únicamente a partir de su señalamiento inicial, sin un sustento previo y objetivo que lo ubique en el centro de una organización criminal. El punto de partida habría sido una transferencia de dinero a un agente penitenciario, un hecho que, por sí solo, no configura necesariamente una conducta delictiva. Asumir que ese dinero estaba destinado a beneficiar a un interno que supuestamente controla un pabellón no resulta concluyente, ni mucho menos que la transferencia se haya realizado de manera libre y consciente.

El texto cuestiona el uso de la prisión preventiva como una "pena anticipada", donde no importa si el acusado es culpable, sino que "parezca útil en el relato del combate al narcotráfico". Esto lleva a que sean los "eslabones débiles" -como el que mueve un paquete sin saber o el que acepta un trabajo urgente por necesidad- quienes terminen pagando el costo, mientras las estructuras que verdaderamente sostienen el narcotráfico quedan intactas.

El autor advierte que el combate contra el delito no puede justificar la "amputación de garantías" como la presunción de inocencia, el debido proceso y la prueba concreta. Estos no son privilegios del culpable, sino "escudos del inocente". Si se renuncia a ellos por comodidad o urgencia, lo que se pierde no es una causa judicial, sino "el sentido mismo de justicia".

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