La candidatura presidencial de Rafael López Aliaga, por el partido político Renovación Popular, enfrenta una nueva controversia. Un ciudadano presentó una tacha contra su postulación, alegando irregularidades en el proceso de elecciones primarias del partido.
Según el escrito presentado, durante las elecciones primarias bajo la modalidad de delegados, se habría vulnerado el estatuto partidario, al presuntamente no cumplirse las normas establecidas para el desarrollo de los comicios internos. En ese sentido, se solicitó que la tacha sea declarada fundada únicamente contra López Aliaga y que se le deniegue su participación en las Elecciones Generales 2026. Asimismo, se pidió la nulidad de las elecciones primarias del partido, de las cuales se derivó la elección del exalcalde de Lima como candidato presidencial.
La solicitud se sustenta en que Renovación Popular realizó una elección interna bajo una modalidad distinta a la prevista en su estatuto, lo que habría "vulnerado la democracia interna". Según se lee en la tacha presentada, el partido estableció que las elecciones primarias se realicen mediante el voto universal de afiliados y no afiliados, y que, para aplicar dicha modalidad, se debió presentar ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) la relación de ciudadanos no afiliados inscritos previamente como electores antes del 1 de septiembre de este año.
Sin embargo, la tacha denuncia que la elección interna de Renovación Popular se hizo bajo la modalidad de "Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados", cuando en el estatuto del partido se señala que la manera en la que se realiza es a través del "voto universal, libre, obligatorio, igual, directo y secreto de todos los ciudadanos, estén o no afiliados a la organización política".
Además, el ciudadano que presentó la tacha también apunta a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), quien presuntamente "reencuadró" la modalidad de elección de Renovación Popular a través del "voto universal de afiliados, única viable dentro de los plazos vencidos para salvar su participación de la organización política".
Por ello, el ciudadano argumentó que el mencionado acto administrativo "excede la competencia de la ONPE", porque calificar estatutos o modalidades corresponde al JNE. "En consecuencia, las elecciones internas realizadas bajo esta modalidad son jurídicamente inválidas, al no respetar ni el estatuto ni la ley", se lee en el documento.
Cabe mencionar que el Jurado Electoral Especial (JEE) declaró inadmisible la primera tacha presentada debido a que no se adjuntó el comprobante de pago, pero admitió a trámite una segunda tacha contra la plancha presidencial de Renovación Popular, por los mismos motivos expuestos.
El JEE de Lima Centro 1 deberá resolver el pedido de nulidad de la lista en un plazo no mayor de tres días.












