ÚLTIMA HORA

Cobertura global las 24 hs. • viernes, 19 de diciembre de 2025 • Noticias actualizadas al minuto.

Menú

Tribunal de la UE cuestiona sanciones deportivas y exige poder anularlas

Tribunal de la UE cuestiona sanciones deportivas y exige poder anularlas

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Dean Spielmann, considera que el Derecho de la Unión se opone a una normativa que no permite a los órganos jurisdiccionales nacionales anular sanciones deportivas que sean ilegales. Según Spielmann, los tribunales competentes deben poder anular esas sanciones y, en su caso, conceder medidas cautelares que garanticen la eficacia de la futura resolución judicial.

Esta declaración se enmarca en el caso de la Juventus FC italiana, donde Andrea Agnelli y Maurizio Arrivabene, por entonces presidente y consejero, fueron sancionados por la Federación Italiana de Fútbol (FIGC) por haber participado en un montaje de plusvalías ficticias. Tras una primera absolución, se reabrió el procedimiento disciplinario y el Tribunal de Apelación de la FIGC les impuso la prohibición de ejercer cualquier actividad profesional en el fútbol italiano durante dos años, prohibición que fue ampliada a escala mundial por la FIFA y confirmada por el Comité de Garantías del Deporte del Comité Olímpico Italiano (CONI).

Los sancionados recurrieron sus castigos ante el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo del Lacio, el cual recordó que, por la legislación nacional, estaba "obligado a inadmitir cualquier recurso con el que se pretenda anular o suspender una sanción disciplinaria deportiva". Es decir, si el tribunal constatara que la sanción es ilegal, lo único que podría hacer es conceder una indemnización económica, sin posibilidad de anular la sanción.

Ante esta situación, el tribunal italiano consultó al TJUE sobre la compatibilidad de este sistema con el Derecho de la Unión, especialmente en lo relativo a la tutela judicial efectiva. En sus conclusiones, el Abogado General Spielmann propone al TJUE que declare que las normas de la UE sobre libre circulación y competencia no se oponen a una normativa nacional que permita imponer sanciones como la prohibición de ejercer una actividad profesional en el fútbol durante dos años, siempre que dicha normativa se justifique por la protección de la integridad de las competiciones deportivas y se base en criterios transparentes, objetivos, no discriminatorios y proporcionados.

Sin embargo, Spielmann sí considera que el Derecho de la Unión se opone a una normativa que no permita a los tribunales nacionales anular las sanciones deportivas que sean ilegales. Según el Abogado General, esos tribunales tienen que poder anular ese tipo de sanciones y, llegado el caso, adoptar medidas cautelares para garantizar la eficacia de la futura resolución judicial.

Esta recomendación del Abogado General no es vinculante para el TJUE, que procederá posteriormente a emitir su dictamen sobre el asunto.

¿Te gusta estar informado?

Recibe las noticias más importantes de Latinoamérica directamente en Telegram. Sin Spam, solo realidad.

Unirme Gratis