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Contraloría ordena restituir fondos retenidos por deuda CAE

Contraloría instruyó a Tesorería devolver recursos retenidos para cobrar deuda CAE, señalando que las cotizaciones previsionales tienen prioridad legal.

Contraloría ordena restituir fondos retenidos por deuda CAE

¿Puede el Estado priorizar el cobro de una deuda universitaria sobre la seguridad social de un trabajador? La Contraloría General de la República ha respondido que no.

En un nuevo revés para la Tesorería General de la República, el ente contralor instruyó reintegrar fondos retenidos durante la Operación Renta a una trabajadora independiente. Los recursos, provenientes de boletas de honorarios emitidas a la Municipalidad de Chonchi, estaban destinados al pago de cotizaciones previsionales obligatorias, pero fueron utilizados por la Tesorería para compensar una deuda del Crédito con Aval del Estado, el CAE.

La resolución, firmada por el subcontralor Víctor Hugo Merino Rojas, se basa en la Ley 21.133 y el Decreto Ley 3.500. Estas normativas establecen que las cotizaciones previsionales deben pagarse con preeminencia a cualquier otro cobro o imputación, con el fin de garantizar una cobertura integral de seguridad social para quienes emiten boletas de honorarios.

Este fallo se suma a otra decisión reciente de la Corte de Apelaciones de Arica, que dejó sin efecto un procedimiento de cobro de deuda CAE que incluía apercibimiento de embargo. En dicho caso, el tribunal determinó que las deudas del CAE son créditos ordinarios y no obligaciones tributarias, por lo que no pueden cobrarse mediante los mecanismos del Código Tributario.

A pesar de estas resoluciones, la Tesorería General de la República ha defendido la legalidad de sus actuaciones, asegurando que sus procedimientos se ajustan estrictamente al marco legal vigente. No obstante, el dictamen actual obliga a la institución a devolver el dinero a la recurrente, revocar la compensación aplicada a la deuda universitaria e informar la situación a la Comisión Ingresa.

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