Tras el reciente fallo de la Cámara de Apelaciones del Trabajo que validó la Ley 28.702 de Modernización Laboral, el Gobierno nacional ha intensificado los esfuerzos para avanzar con la firma del decreto reglamentario. La intención es evitar demoras en la implementación de los cambios previstos en la norma, aunque existen complicaciones en algunos puntos clave.
Según fuentes oficiales, ciertos aspectos de la ley ya son aplicables directamente, como aquellos relacionados con la Ley de Contrato de Trabajo, que no requieren reglamentación específica. Sin embargo, artículos como el que crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) y las rebajas en las cargas para las nuevas contrataciones sí necesitan una definición más precisa.
El FAL, una de las principales apuestas del Gobierno en la reforma, ha generado un intenso debate y consultas técnicas y jurídicas. Se trata de un mecanismo de ahorro obligatorio y acumulativo destinado a cubrir despidos en el sector privado, con el objetivo de reducir la litigiosidad y fortalecer el mercado de capitales.
No obstante, ante la complejidad del tema, existe la posibilidad de que la reglamentación del FAL no se incluya en el próximo decreto y se aborde en una instancia posterior. Originalmente, el FAL debía comenzar a funcionar el 1 de junio, pero el Ministerio de Economía no descarta una postergación.
Otros puntos que no requerirán reglamentación inmediata incluyen la regulación del derecho de huelga en servicios esenciales, el fin de la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo y el tope del 2% para las cuotas solidarias, que limita el financiamiento sindical.
El Gobierno busca avanzar rápidamente, pero la complejidad de ciertos aspectos de la reforma laboral, especialmente el FAL, podría llevar a una implementación gradual de la ley. Suscríbete a Noticias lat para más noticias.












